Calendario tributario DIAN 2025: fechas importantes que deberías conocer en Colombia para cumplir con tus obligaciones tributarias
Es importante que los contribuyentes revisen el calendario completo de la DIAN para evitar multas por incumplimiento en sus obligaciones tributarias.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia ha establecido el calendario tributario para el año 2025, detallando las fechas clave que los contribuyentes deben tener en cuenta para cumplir con sus obligaciones fiscales. A continuación, se destacan algunas de las fechas más importantes.
Si tienes que pagar tus obligaciones tributarias, ¿en qué fechas debes acudir a la DIAN?
La DIAN ofrece fechas previstas para los plazos por el tipo de impuesto que deba el contribuyente; por ello, es necesario que revises los días específicos que te permitirán acudir con tu NIT y así evitar las multas que te pueda ocasionar olvidarte de cumplir con tus obligaciones tributarias.
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Impuesto sobre la Renta y Complementario:
- Grandes Contribuyentes:
- Primera cuota: Entre el 11 y el 24 de febrero de 2025.
- Segunda cuota: Entre el 9 y el 24 de abril de 2025.
- Tercera cuota: Entre el 11 y el 25 de junio de 2025
Personas Jurídicas y Asimiladas (no grandes contribuyentes):
- Primera cuota y presentación de la declaración: Entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
- Segunda cuota: Entre el 9 y el 22 de julio de 2025.
Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas:
- Fechas de vencimiento: Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, según el último dígito del NIT.
Impuestos sobre las Ventas (IVA):
- Bimestral:
- Declaración y pago del bimestre enero-febrero: Entre el 11 y el 25 de marzo de 2025, según el último dígito del NIT.dian.gov.co
- Declaración y pago del bimestre marzo-abril: Entre el 11 y el 25 de mayo de 2025, según el último dígito del NIT.
Retención en la Fuente:
- Mensual:
- Declaración y pago de retenciones practicadas en febrero: Entre el 11 y el 25 de marzo de 2025, según el último dígito del NIT.
- Declaración y pago de retenciones practicadas en marzo: Entre el 11 y el 25 de abril de 2025, según el último dígito del NIT.
Impuesto Nacional al Consumo:
- Bimestral:
- Declaración y pago del bimestre enero-febrero: Entre el 11 y el 25 de marzo de 2025, según el último dígito del NIT.
- Declaración y pago del bimestre marzo-abril: Entre el 11 y el 25 de mayo de 2025, según el último dígito del NIT.
Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM:
- Mensual:
- Declaración y pago del mes de enero: Hasta el 14 de febrero de 2025.
- Declaración y pago del mes de febrero: Hasta el 14 de marzo de 2025.
Impuesto Nacional al Carbono:
- Bimestral:
- Declaración y pago del bimestre enero-febrero: Hasta el 14 de marzo de 2025.
- Declaración y pago del bimestre marzo-abril: Hasta el 15 de mayo de 2025.
Impuesto a las Bebidas Azucaradas y Alimentos Ultraprocesados:
- Bimestral:
- Declaración y pago del bimestre enero-febrero: Hasta el 14 de marzo de 2025.
- Declaración y pago del bimestre marzo-abril: Hasta el 15 de mayo de 2025.
Actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB):
- Anual:
- Fecha límite para actualización: Hasta el 1 de febrero de 2025. Si no hay cambios, no es necesario actualizar.
Es fundamental que los contribuyentes consulten el calendario completo y verifiquen las fechas específicas que les corresponden, ya que el incumplimiento de los plazos establecidos puede resultar en sanciones y recargos.


















