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Sucesión intestada: ¿cuáles son los requisitos para solicitar mi herencia?

Si tu familiar acaba de fallecer y no dejó un testamento, te indicamos cuál es el trámite que debes seguir.

Te decimos qué hacer si tu familiar murió y no dejó testamento. Foto: composición LR/Andina
Te decimos qué hacer si tu familiar murió y no dejó testamento. Foto: composición LR/Andina

Perder a un ser querido es un momento difícil que afrontar, y el proceso es más angustioso si luego se tienen que realizar diversos trámites como la sucesión intestada. Se trata de un documento que se solicita cuando nuestro familiar falleció y no dejó un testamento o este es declarado nulo.

También se le conoce como declaratoria de herederos y en la siguiente nota te contamos quiénes lo pueden pedir y qué requisitos necesitas para presentarlo ante un juez o notario.

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¿Quién hereda en una sucesión intestada?

Este documento puede ser solicitado por todas las personas que tiene derecho a heredar; es decir, cónyuge, conviviente, hijos o padres.

¿Qué se necesita para hacer una sucesión intestada?

La sucesión intestada se puede tramitar ante la notaría o el Poder Judicial. La primera puede tener un mayor costo, pero demora menos tiempo, la segunda lo puede ver un juez de paz letrado. Te mostramos cuáles son los requisitos en caso quieras realizarlo a través del Poder Judicial, según su plataforma oficial:

  • Demanda firmada por el solicitante y abogado.
  • Copia simple del DNI del solicitante.
  • Partida de defunción o copia certificada de la declaración judicial de muerte presunta, si es el caso.
  • Partida de nacimiento o documento público que reconozca a los presuntos herederos.
  • Partida de matrimonio, si amerita.
  • Relación de bienes.
  • Certificado registral negativo de testamento.
  • Certificado registral negativo de sucesión intestada.
  • Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas (pagar en el Banco de la Nación).
  • Cédulas de notificación (pagar en el Banco de la Nación).

Una vez que se presenta la demanda, se publica en el diario oficial El Peruano, se espera 30 días para que puedan acercarse otros posibles herederos, de ser el caso. Luego se realiza la audiencia de actuación y declaración judicial, y finalmente se emite un oficio de las partes judiciales a Sunarp.

Si deseas realizar todo el trámite por la vía notarial, también te dejamos los requisitos, de acuerdo al artículo 39 de la Ley 26662.

  • Nombre del causante.
  • Copia certificada de la partida de defunción o de la declaración judicial de muerte presunta.
  • Copia certificada de la partida de nacimiento del presunto heredero.
  • Partida de matrimonio o ficha de inscripción de unión de hecho de ser el caso.
  • Relación de los bienes conocidos del causante.
  • Certificación Registral emitida por Sunarp donde se certifique que no hay un testamento inscrito u otro proceso de sucesión intestada.
  • Copia del documento de identidad del solicitante.
  • Los posibles herederos deben presentar DNI y pasar el control biométrico.
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