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‘Ley de nietos’: ¿quiénes pueden acceder a la nueva ley de ciudadanía española?

La ley de Memoria Democrática ha sido aprobada en España para brindar la ciudadanía a 3 grupos no comprendidos en la norma que ya existía en 2007 y que, actualmente, no rige en el país europeo.

Esta ley flexibiliza los requisitos para quienes tengan padres o abuelos españoles. Foto: Composición LR/La Vanguardia/iStock/El Territorio
Esta ley flexibiliza los requisitos para quienes tengan padres o abuelos españoles. Foto: Composición LR/La Vanguardia/iStock/El Territorio

Entró en vigencia la nueva Ley de Memoria Democrática, conocida como ‘ley de nietos’, debido a que tiene el objetivo de otorgar esta ciudadanía europea a los descendientes de españoles afectados por la dictadura franquista (1939-1945). ¿Quiénes podrán ser beneficiados?

La norma fue publicada el 21 de octubre en el Boletín Oficial del Estado de España, denominada como Ley de Memoria Democrática (20/2022).

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Foto: Ley de Memoria Democrática

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Esta ley “es una apertura para todos los que quedaron afuera de la ley anterior, la de 2007″, explica al diario El Clarín Mónica Fernández Álvarez, abogada argentina colegiada en España.

¿Quiénes pueden acceder a la nueva ‘ley de nietos’?

Aunque el objetivo de la ley es resarcir a las víctimas de la Guerra Civil Española y del gobierno militar de Franco, la disposición octava de la normativa reconoce a estos grupos la posibilidad de adquirir la nacionalidad española:

  • Los nacidos afuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
  • Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.

Cabe resaltar que, en este documento, se especifica que el trámite deberá formalizarse en el plazo de dos años, desde la entrada en vigor de la presente ley.

¿Desde cuándo puedes realizar al trámite?

Para iniciar el trámite, se deberá esperar que el Ministerio de Justicia español dicte dónde presentar las solicitudes, cuáles serán los documentos solicitados y cómo será el procedimiento legal.

Así también, el Ministerio de Asuntos Exteriores de España señaló en su página oficial que: “Estamos a la espera de la publicación de la Instrucción sobre su aplicación”.

Ley de Nietos

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