
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció un régimen excepcional que permitirá acceder a una reducción del 90% de las multas impuestas por infracciones de transporte público y privado. La medida busca facilitar el pago efectivo de estas penalidades, según el Decreto Supremo 017-2026, publicado en el diario oficial El Peruano.
La iniciativa, anunciada previamente por la presidenta Keiko Fujimori tras una reunión con diversos gremios de transporte público, tendrá una vigencia de 90 días calendario para las multas por infracciones de tránsito y de 180 días calendario para las multas por infracciones de transporte público y privado. Conoce aquí todos los detalles.
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Según el MTC, se trata de un beneficio al que podrán acogerse voluntariamente quienes tengan multas pendientes de inicio de procedimiento sancionador, en trámite, firmes, impugnadas o en ejecución coactiva, así como aquellas que sean impuestas durante la vigencia del régimen.
El sector precisó que este recorte no aplica para las infracciones más graves, como las relacionadas con la conducción en estado de ebriedad, informalidad, agresión a inspectores y accidentes de tránsito, de acuerdo con las competencias de la ATU y las municipalidades provinciales.
Para acogerse al beneficio, el administrado deberá realizar el pago del monto de la multa con la reducción correspondiente. Tras ello, la entidad competente dispondrá la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador o de ejecución coactiva, incluyendo, en los casos que corresponda, las costas y gastos derivados del procedimiento de cobranza.
La normativa también precisa que las multas canceladas bajo este régimen no generarán acumulación de puntos en la licencia de conducir ni serán consideradas determinantes para determinar reincidencia o habitualidad.
De acuerdo con la disposición, en los casos de multas que se encuentren en ejecución coactiva y hayan sido objeto de pagos parciales, la reducción se aplicará sobre el saldo pendiente. Cuando exista un recurso administrativo contra la resolución de sanción, el administrado deberá presentar el desistimiento correspondiente.





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