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Política

Elvia Barrios: PJ concede medida cautelar y suspende sanción de la JNJ contra jueza suprema

JNJ suspendió por 60 días a Elvia Barrios en febrero de este año por presuntamente no haber comunicado las contrataciones de su exesposo en el JNE.

La magistrada Elvia Barrios podrá retomar sus funciones como vocal de la Corte Suprema mientras se resuelve su recurso de amparo. Foto: Antonio Melgarejo/La República
La magistrada Elvia Barrios podrá retomar sus funciones como vocal de la Corte Suprema, mientras se resuelve su recurso de amparo. Foto: Antonio Melgarejo/La República

El Sexto Juzgado Constitucional de Lima otorgó una medida cautelar a favor de la jueza suprema y expresidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios, y dejó sin efecto temporalmente los efectos de la resolución 009-2023-PLENO-JNJ de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que la suspende 60 días del cargo de vocal de la Corte Suprema. Al respecto, esta entidad la sancionó por presuntamente haber tenido conocimiento de que su exesposo mantenía un vínculo laboral con el Jurado Nacional de Elecciones.

La jueza Jacqueline Tarrillo Meneses, en la resolución a la que accedió La República, argumentó que Barrios Alvarado ha demostrado "la apariencia del derecho", al denunciar que la resolución de la JNJ "no habría sido debidamente motivada, por cuanto no se ha indicado de manera clara, cuáles son los parámetros de honestidad, transparencia, corrección e integridad".

En su demanda, la expresidenta del PJ alertó que la conclusión de la JNJ añade una imputación —no comunicar contrataciones de su esposo— que no formaba parte de la hipótesis planteada al iniciarse la investigación preliminar —el tener conocimiento de las contrataciones—.

La jueza Tarrillo Meneses invoca jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto a la presunción de inocencia y argumenta que "no se podía aseverar objetivamente que la demandante conociese de las contrataciones de su exesposo, pues, en su posición de jueza suprema, no puede demandar control sobre los actos de terceros para no verse perjudicada".

"Por lo que los argumentos vertidos por la recurrente tienen una apariencia de verosimilitud suficientemente para poder a primera vista, y dado que inciden directamente en el derecho a la debida motivación de las resoluciones en sede administrativa, a la igualdad, a la prescripción y al plazo razonable; esta juzgadora es de la opinión de que en el presente caso se habría cumplido con el requisito cautelar antes descrito, sin que ello signifique un adelanto de opinión sobre el fondo", sostiene la titular del Sexto Juzgado Constitucional de Lima.

Suspensión de sanción a Elvia Barrios es reversible

La jueza Jacqueline Tarrillo Meneses también consigna en su resolución que, en el caso de que se rechace el amparo de Elvia Barrios, la suspensión de los efectos de la sanción de la JNJ es reversible.

"La presente judicatura considera que suspender los efectos jurídicos de la Resolución n.° 009-2023-PLENO-JNJ, mientras dure el proceso principal, no se aprecia impedimento alguno para que, en caso el presente proceso se declare infundado, no se pueda revertir la medida que se concede", asegura la magistrada.

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