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Congreso

Fiscalía acusa a Dina Boluarte por Rolexgate, pero el caso no avanzará en el Congreso

Por cohecho. Esta es la segunda denuncia constitucional que se presenta contra la mandataria. La primera fue por las muertes en las protestas sociales. Pero estos delitos no están en el artículo 117 de la carta magna, el cual permite acusarla en funciones.

larepublica.pe
¿En aprietos? El Congreso no avanzará esta reciente denuncia constitucional contra Dina Boluarte. La mandataria, por ahora, se encuentra a salvo.

El fiscal de la Nación, Juan Villena, presentó ayer una denuncia constitucional contra la mandataria Dina Boluarte por ser la presunta autora del delito de cohecho pasivo impropio en agravio del Estado, en el marco del caso Rolexgate.

Esta imputación, sin embargo, deberá aguardar a que Boluarte acabe su mandato, pese a que el Ministerio Público ha reunido numerosas evidencias.

En el documento de 63 páginas, al que accedió La República, el fiscal Juan Villena considera que en este caso concreto “la denunciada Dina Boluarte, con conocimiento y voluntad de realizar el tipo penal incriminatorio, esto es, dolosamente, entre el 31 de mayo del 2023 y el 4 de enero del 2024, habría recibido los tres relojes Rolex y las dos joyas, anteriormente descritas, por parte del gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima Núñez, para que, a cambio de dichas donaciones, realice actos propios de su cargo como presidenta, tales como la facultad normativa para rubricar decretos de urgencia, decretos supremos y leyes sobre transferencias presupuestarias a favor del Gobierno Regional de Ayacucho”.

Esa es la tesis que maneja el fiscal Villena: a cambio de las joyas de Oscorima, este régimen emitió decretos que transfirieron presupuesto a la GR de Ayacucho. Curiosamente, Oscorima, el otrora wayki de Boluarte, el lunes se apartó de ella e incluso advierte que marchará contra su Gobierno si no aumentan el presupuesto para su región.

El viernes 17 de mayo, la etapa de indagación preliminar contra Boluarte había terminado. De modo que al fiscal de la Nación solo le quedaban tres caminos: ampliarla, archivarla o presentar la denuncia constitucional.

En una entrevista con Infobae, Juan Carlos Portugal, el abogado de la presidenta, dijo que el Ministerio Público iba a ampliar por ocho meses la investigación preliminar, y cuestionó tal decisión, alegando que era momento de que el fiscal acuse.

Y así fue, el fiscal Villena presentó la denuncia constitucional. Al haberla interpuesto, ha culminado la fase preliminar. Con esta demanda, el caso ahora está en manos del Congreso.

Dilema congresal

El Parlamento es la única institución facultada para levantar el antejuicio político a un alto funcionario, acusarlo y así abrir la puerta para que el Ministerio Público avance a la fase preparatoria. Y ahí comienza el dilema.

Según el artículo 117 de la Constitución, un presidente solo puede ser acusado durante el ejercicio de su mandato por traición a la patria, cierre del Congreso, impedir las elecciones y el funcionamiento de los organismos electorales. Pero no por cohecho, al menos hasta que Boluarte deje el cargo.

“En efecto, las denuncias constitucionales contra los presidentes deben esperar a que acabe su mandato y luego se le tiene que levantar el antejuicio porque esta protección alcanza hasta cinco años después de su gestión”, precisó el abogado Diego Pomareda.

Esto explica también por qué la denuncia constitucional que presentó en noviembre del 2023 la exfiscal de la Nación Patricia Benavides, por las muertes en regiones, se mantiene sin resolver en la Subcomisión de Acusaciones. La Fiscalía deberá esperar hasta el 2026.

Exministro y exmagistrado denunciados

La fiscal suprema Delia Espinoza presentó ayer una denuncia constitucional contra el exministro de Justicia Felix Chero y el exmagistrado de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) José Ávila por el presunto delito de cohecho pasivo propio.

El caso gira sobre un presunto intercambio de favores para que Ávila respalde el nombramiento de la exfiscal Patricia Benavides en el Pleno de la JNJ.