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Política

Más presos que camas: Hay 2,752 condenados a cadena perpetua

Más hombres que celdas. Son los reclusos que no pueden salir en libertad al menos hasta después de 35 años de prisión efectiva, si es que se les concede excepcionalmente la revisión de sus sentencias. Hay otras 2.549 personas que cumplen condenas de entre 30 y 25 años. En marzo, salieron de las prisiones 1.562 individuos, pero ingresaron otras 2.222.

Más de 2,200 internos incresaron en marzo a las cárceles del país.
Más de 2,200 internos incresaron en marzo a las cárceles del país.

El Poder Judicial dictó cadena perpetua contra Hans Saavedra Malca, Julián Reyes Chávez y Jazmín Ramírez Pérez, por el secuestro seguido de muerte de la enfermera Nayeli Dávalos Ticlio, de 22 años y madre de un niño pequeño. El plagio ocurrió el 23 de febrero de 2025, en Trujillo, La Libertad. A los 117 días, el 20 de junio, los restos de la joven fueron encontrados en las afueras de Virú, con dos balazos en el cráneo. Un año después, los autores recibieron la pena máxima.

En el Perú, la prisión perpetua está reservada para los delitos más graves, según lo establece el Código Penal.

Aunque su naturaleza es de por vida, la ley peruana establece que estas condenas son revisables cuando los reclusos cumplen 35 años de pena efectiva.

Los principales delitos sancionados con la pena máxima en el país incluyen: criminalidad sistemática y organizada. Es aplicable a miembros de organizaciones criminales que utilizan armas de fuego, explosivos o municiones para cometer extorsión, secuestro, sicariato, homicidio calificado o robo agravado. También alcanza a militares y policías vinculados a estas redes.

PUEDES VER: De las 69 cárceles en el país, 52 están sobrepobladas

Comprende, además, delitos como violación sexual a menores de 14 años y atentados graves, entre ellos terrorismo, feminicidio agravado y parricidio.

Según el último censo penitenciario realizado en marzo de este año, de los 65.838 sentenciados que hay en Perú, 2.752 personas están condenadas a carcelería perpetua (4,17%). En tanto, otros 2.549 individuos purgan de 30 a 35 años de prisión (3,87%).

Registro de excarcelados en el país

La gran mayoría, 22.292 reclusos, cumple de 5 a 10 años de pena (33,85%), seguida por otros 16.180 condenados de 10 a 15 años (24,57%). Una cifra a resaltar son los 6.457 presos que cumplen menos de 5 años de cárcel (9,80%). Estas cifras reflejan la aplicación estricta de la cadena perpetua en el país y la baja probabilidad de que los condenados recuperen la libertad.

De acuerdo con el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), el gobierno del presidente José María Balcázar liberó a 1.562 presos en marzo de este año, una medida destinada a reducir el hacinamiento masivo en las cárceles del país, pero que probablemente solo servirá como una solución temporal. Otras 2.222 personas ingresaron a los establecimientos donde hay más internos que camas.

Los distintos tipos de libertad que se aplican en el ámbito judicial y penitenciario benefician a los presos que cumplen con determinadas condiciones e hicieron una petición de libertad anticipada.

Para ser elegibles, los presos deben haber cumplido las tres quintas partes de su condena, haber demostrado un buen comportamiento y tener fuertes lazos familiares y sociales. Aunque la mayoría de los liberados fueron encarcelados por delitos como robo, posesión de drogas y violencia doméstica, por lo menos un asesino convicto también salió de la cárcel.

En marzo se registraron, con estos tipos de excarcelación, 749 liberados, que representan el 48% de egresos por libertad en todo el país.

La población penitenciaria intramuros que egresó en marzo lo hizo por distintos tipos de libertad que están en el ámbito judicial y penitenciario. Por conversión de pena abandonaron los presidios 304 internos; por comparecencia restringida, 168; por pena suspendida en su ejecución, 87; por absolución, 74; y por cumplimiento del plazo de prisión preventiva, 65 internos.

Además, por nulidad de sentencia, 35 internos obtuvieron su liberación; por libertad inmediata salieron 11; por revocatoria de pena suspendida, 10; por prescripción de la acción penal, nueve; y por otros tipos de libertad, 50 internos.

Un dato importante es que, del total de las libertades, el 5% (74 internos) lo consiguió por la causal de absolución.

Finalmente, por pena cumplida, dejaron la prisión 471; por pena cumplida con redención, 180; por excarcelación condicional, 49; y por semilibertad, 49 reclusos. Otra información importante es que, del total de egresados en marzo, el 80,3% era primario y el 19,7% contaba con dos o más ingresos anteriores.

Se han registrado casos de internos que tenían como antecedente hasta siete ingresos anteriores, pero, igualmente, se les concedió la libertad.

Los nuevos “inquilinos”

Pero también hay análisis de la población penitenciaria según la variable de ingreso en marzo de 2026.

En esta línea, el Inpe informó que en marzo de este año ingresaron un total de 2.222 internos, de los cuales el 80% son primarios y 20% son reingresantes.

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De la población penitenciaria ingresante, entraron en condición de procesados 1.702 (77%) y 520 (23%) como sentenciados.

Una información destacable es que el departamento de Lima tuvo un mayor ingreso con 763 internos, y el establecimiento penitenciario Miguel Castro Castro (San Juan de Lurigancho) fue el que recibió la mayor cantidad: 211 personas con orden de carcelería.

Sigue el penal Castro Castro, el establecimiento penitenciario de Trujillo, con 121 internos; el presidio de Ica, con 104; y el penal de Piura, con 103 ingresantes.

También, de los 2.222 internos que ingresaron en marzo, la mayoría fue por el delito de incumplimiento de la obligación alimentaria (18,3%), seguido por el delito de robo agravado (8,3%), tráfico ilícito de drogas (7,7%), violación sexual de menor de edad (4,7%) y fabricación, comercialización, uso o porte de armas (4,1%).

No hay sitio para nadie

De los 69 establecimientos que hay en el país, 52 están sobrepoblados. Hay 105.156 (49%) presos por mandato de detención judicial o prisión preventiva, o por sentencia con pena privativa de libertad efectiva.

Mientras que otras 108.927 (50,8%) personas deben asistir a los reclusorios en cumplimiento de penas limitativas de derechos, medidas alternativas de internamiento o liberados con beneficio penitenciario de semilibertad o liberación condicional.

Las libertades son otorgadas con la participación de dos entidades: Poder Judicial (52%) y Inpe (48%); este último solo interviene administrativamente en la formación de los expedientes de beneficios penitenciarios.

Cabe señalar que en 16 casos de personas privadas de libertad, estas fueron reconducidas al sistema penal juvenil especial, tras declararse la inconstitucionalidad de la Ley 32330. Esta medida no implica, en ningún caso, la excarcelación de los implicados.

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El Inpe interviene en el ámbito de la ejecución penal, ya que es el ente que se encarga de realizar las evaluaciones de los internos para proponer a la autoridad judicial el otorgamiento de libertad por beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional; también ejecuta las libertades cuando se trata de tiempo cumplido y tiempo cumplido por redención.

Hay al menos 400 terroristas en prisión

La población penitenciaria por delitos de terrorismo representa aproximadamente el 0,3% del total de reclusos en el país. De acuerdo con el Inpe, la cantidad de internos por este delito oscila entre 350 y 400 personas en los 69 penales nacionales.

La gran mayoría de estos presidiarios son acusados de pertenencia a Sendero Luminoso, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) y el remanente del valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem).

Estos reclusos cumplen condenas por terrorismo agravado, apología y afiliación a organizaciones terroristas en los penales de Áncón I y II, Base Naval, Challapalca y Cochamarca (Pasco), según el Inpe.

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