
Una sentencia en Sant Vicenç dels Horts, Cataluña, ha confirmado el derecho de una madre a desheredar a su hijo por abandono emocional. El conflicto familiar, que se remonta a más de una década, quedó sellado en un testamento y en un acta notarial en los que la mujer relataba con detalle el distanciamiento irreparable con su hijo, Sebastián, a quien decidió excluir por completo de su herencia.
Tras el fallecimiento de la madre, en 2019, Sebastián emprendió una batalla legal impugnar la desheredación, enfrentándose también a su hermano y único heredero, José Ramón. Sin embargo, la justicia española desestimó el caso, avalando la versión de la madre.
En el municipio de Sant Vicenç dels Horts, Barcelona, doña Rita, madre de dos hijos, decidió desheredar a Sebastián en el año 2008. La mujer alegó un abandono emocional prolongado y un deterioro en el vínculo materno-filial.
En un acta notarial que acompañó su testamento, dejó constancia de un distanciamiento irreversible: “Si le he encontrado por la calle, me ha girado la cara”, relató. Tras el fallecimiento de doña Rita, en 2019, Sebastián intentó impugnar el testamento, iniciando un proceso legal contra su hermano, José Ramón, único heredero.
El Tribunal de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia fechada el 8 de mayo de 2025, ratificó la validez de desheredación, desestimando los argumentos de Sebastián, quien negó haber cometido actos de desprecio hacia su madre.
De acuerdo con el tribunal, el sufrimiento psíquico y la ausencia absoluta de la relación familiar en los últimos años constituyen una de las causas más graves de la exclusión de la herencia previstas en el derecho catalán.
En 2021, un juzgado de Sant Feliu de Llobregat rechazó la solicitud de nulidad y le impuso las costas del juicio. Aun así, él apeló ante la Audiencia Provincial; sin embargo, la sentencia confirmó la resolución anterior y dejó a Sebastián sin herencia y sin posibilidad de revertir el fallo.
En un acta notarial, doña Rita señala que Sebastián no acudió cuando fue operada dos veces en el Hospital Vall d'Hebron, incluso llegó a desdeñar los intentos de reconciliación tras la muerte de su padre.
"Solo quiero que ahora deje que pase mi vejez sin tantos disgustos, pues yo siempre he querido y he sido justa con todos, pero Sebastián ya no es digno de recibir ningún bien de parte de la familia", declaró la mujer.
Dicha versión fue corroborada por una carta manuscrita por ambos progenitores en febrero 1992 y por testigos como el yerno de la fallecida y otros allegados.
El tribunal subrayó que la ley catalana permite desheredar en casos extremos de abandono emocional, como el que vivió doña Rita. "No es equitativo que quien ha renunciado a las relaciones familiares y al deber de cuidado se beneficie luego de una institución basada en la solidaridad entre parientes", argumentaron los jueces.

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