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Género

¿Cómo protege la ley a las mujeres que decidan unirse al paro feminista en México?

La huelga programada para el próximo 9 de marzo fue convocada frente a la creciente violencia de género que deja un saldo de 10 feminicidios por día.

En el marco del Día Internacional de la Mujer y como protesta ante la ola de violencia de género en México, los colectivos feministas convocaron a un paro general de mujeres el próximo 9 de marzo.

Decenas de empresas se han comprometido a brindar facilidades a sus trabajadoras para que puedan faltar al su deber y asistan a la marcha. Sin embargo, para quienes no laboren en algunas de las compañías suscritas, existen leyes que las protegen para que puedan unirse sin temor alguno.

Aunque cientos de mujeres participarán del paro llamado #UnDíaSinMujeres en México, hay otras que dudan si unirse por las acciones correctivas que podrían tomar sus centros de labores en caso de faltar.

En ese sentido, diversos colectivos feministas se encargaron de juntar datos sobre la manera en que la ley mexicana protege a las mujeres que decidan adherirse a esta protesta, que ya ha sido replicada anteriormente en distintos países.

México

En primer lugar, esta huelga no cuenta como un feriado o asueto por el Día de la Mujer, ya que no ha sido establecido de manera oficial por las autoridades mexicanas.

Por ello, las féminas que quieran sumarse al paro, deben avisar con anticipación en su centro de labores que faltarán. Sin embargo, si los empleadores deciden considerarla 'injustificada’, esta no sería motivo de despido pues solo podría ocurrir en caso las trabajadoras hayan acumulado tres ausencias sin justificación en los últimos 30 días.

Tampoco está permitido que la empresa multe a las mujeres que decidan adherirse a la huelga. De acuerdo al artículo 107 de la Ley Federal del Trabajo en México, ''está prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto''. Un descuento solo puede aplicarse en caso exista una deuda contraída con los empleadores por concepto de cuotas sindicales, cooperativas, entre otras.

Por último, el derecho a la manifestación está garantizada en el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo. ''La protesta social es un derecho constitucional y nadie debe criminalizarte por ello, mucho menos recibir sanciones o discriminación por ejercerlo'', detalla el portal Mal Vestida.

En caso los empleadores sancionen o actúen contra la ley en el caso del paro de mujeres, existen instituciones como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Prodefet) y el Colectivo de Igualdad de Género y Oportunidad de la NCT, que protegen a las trabajadoras en casos de violación de derechos laborales.

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