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Elecciones

Admiten a trámite tacha contra la plancha presidencial de Hernando de Soto

Avanza País tiene solo un día para presentar sus descargos respecto a esta tacha, que es la primera que interponen a su fórmula presidencial.

De Soto lidera la fórmula presidencial de Avanza País de cara a las elecciones del 11 de abril. Foto: La República
De Soto lidera la fórmula presidencial de Avanza País de cara a las elecciones del 11 de abril. Foto: La República

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 admitió a trámite una tacha presentada en contra de la plancha presidencial del partido Avanza País, encabezado por Hernando de Soto, de cara a las elecciones del 11 de abril.

El ciudadano Jainos Héctos Gora Medrano presentó este recurso al cuestionar la democracia interna de la organización política y la conformación del Tribunal Electoral Nacional, lo que afecta a la fórmula de candidatos a la presidencia y vicepresidencia.

“El tachante refiere que el candidato se encontraría impedido de postular al cargo de presidente de la República para las Elecciones Generales 2021 por los siguientes motivos: i) La conformación antiestatutaria del Tribunal Electoral Nacional, contraviniendo normas de la democracia interna de la organización política”, se lee en la resolución expedida por el JEE.

Hernando de Soto. Foto: Juan Ayala Rodriguez

El segundo punto es: “Vulneración de la autonomía del TEN, ya que uno de los miembros del Tribunal Electoral, vendría ocupando otros cargos directivos dentro de la organización política”, agregan en el mismo documento.

Por tal motivo, la entidad electoral resolvió trasladar la información al personero legal de Avanza País, Aldo Borrero Rojas, a efectos de que en un plazo máximo de un día calendario cumpla con efectuar los descargos de ley. De resultar procedente esta tacha, la fórmula presidencial que lidera Hernando de Soto no podrá participar en los próximos comicios electorales.

JEE excluye a César Acuña

El último 8 de enero, el JEE excluyó a César Acuña de la fórmula presidencial de Alianza para el Progreso (APP) por omitir información sobre sus bienes inmuebles en la información que brindó para la solicitud de inscripción.

Previamente, el ente electoral observó la solicitud por no comunicar detalladamente la declaración jurada de ingresos de bienes y rentas. Ante esto, el personero legal señaló que “no se puede solicitar al candidato información que es pública y está en el sistema público”.

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