
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) subió la valla para empresas que ofrecen bebidas azucaradas y cerveza sin alcohol, cuyo pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) pasará a ser de 25% si superan los 5 gramos de azúcar por cada 100 mililitros del producto.
De esta manera, el Decreto Supremo Nº 266-2018-EF establece que el agua mineral, gaseosas, cervezas sin alcohol y demás bebidas no alcohólicas con algún nivel de azúcar por encima de este rango estarán sujetas al pago del 25% del impuesto, el cual busca disuadir el consumo de bebidas nocivas para la salud de los peruanos.
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En caso la bebida (también con algún nivel de azúcar en su contenido) no supere este rango de 5 g/100ml, solo deberá pagar el 17% de ISC. Cabe precisar que toda bebida con azúcar por encima de los 0,5 de azúcar por cada 100 mililitros paga este impuesto, de acuerdo a la normativa vigente.
Hasta antes de esta actualización, se toleraban 6 gramos de azúcar por cada 100 mililitros para pagar 17% de ISC. Ahora, las empresas envasadoras deberán pagar el 25%, a menos que puedan bajarle el azúcar a su producto. Solo así podrían volver a pagar 17%.
“Quedan exceptuadas aquellas bebidas que cuenten con registro sanitario o autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud (DIGEMID) y las bebidas que cuenten con registro sanitario expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud (DIGESA), clasificadas en la categoría de los alimentos destinados a regímenes especiales”, aclara el Decreto Supremo.
Esta modificación se realiza con la finalidad de adecuar el esquema impositivo a los nuevos parámetros técnicos previstos por el MINSA para considerar a una bebida como “de alto contenido de azúcares totales”. Dicho parámetro, a partir del 17 de setiembre del 2021, redujo el contenido de azúcar de 6 a 5g/100ml.
Bajo este parámetro, la norma publicada lo que hace es actualizar la lista de los bienes afectos, según el nivel de azúcar, de acuerdo a las tasas diferenciadas del ISC. Básicamente, en los niveles de 17% y 25% en el ISC que se aplica a las bebidas rehidratantes, gaseosas y jugos
El impuesto selectivo al consumo (ISC) consiste en gravar la venta y la importación de determinados bienes para desincentivar su consumo, pues generarían externalidades negativas, efectos indeseados para la sociedad.





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