El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó disposiciones complementarias para la continuidad del inicio gradual e incremental de la actividad de servicio. Ello en el marco de la Fase 1 de la “Reanudación de Actividades”.
En ese sentido, se actualizaron los criterios de focalización para las siguientes actividades: servicios prestados a empresas (soporte y servicios profesionales de tecnología de la información); insumos para la actividad agropecuaria; ampliación textil y confecciones.
Estos son los nuevos criterios de focalización:
Ampliación textil y confecciones
- Persona natural con negocio: contar con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
- Persona jurídica: contar con inscripción en la SUNARP, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
- Realizar actividades de producción a puerta cerrada y comercialización a través de canales digitales.
- En casos de Persona natural con negocio, para reiniciar actividades, únicamente deberán elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, para luego registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Insumos para la actividad agropecuaria
- Persona natural con negocio: contar con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
- Persona jurídica: contar con inscripción en la SUNARP, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
- Realizar actividades de producción y comercialización a puerta cerrada, utilizando los canales logísticos que consideren adecuados.
- En casos de Persona natural con negocio, para reiniciar actividades, únicamente deberán elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, para luego registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Servicios prestados a empresas (Soporte y servicios profesionales de tecnología de la información)
- Persona natural con negocio: contar con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
- Persona jurídica: contar con inscripción en la SUNARP, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
- En casos de Persona natural con negocio, para reiniciar actividades, únicamente deberán elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, para luego registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
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