
El Ejecutivo publicó hoy el Decreto de Urgencia de materia laboral en la que otorgan facilidades a las empresas para el cumplimiento del depósito de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
La norma indica que el empleador puede aplazar el depósito correspondiente a la CTS del mes de mayo de 2020, hasta el mes de noviembre del año en curso.
Sin embargo, las empresas que se acojan a esta postergación deberán depositar en noviembre el monto de la CTS y adicionalmente intereses generados a la fecha.
Quedan exceptuados de esta prórroga cuando la remuneración bruta del trabajador sea de hasta a 2.400 soles
Asimismo, aquellos trabajadores que se encuentren bajo una suspensión perfecta de labores deberán recibir su pago en mayo.
“En los casos de excepción referidos el depósito correspondiente a la CTS del mes de mayo de 2020 debe ser efectuado en la oportunidad prevista”, enfatiza la norma.





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