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Nadadora denuncia discriminación al no competir por estar con su bebé, pero FNPN lo niega

Versiones. Andrea Guerra tuvo complicaciones en su participación del torneo máster el primer y segundo día. La federación señala al delegado del club como el responsable del hecho.

La Federación Peruana de Natación le impidió a Andrea Guerra participar en el campeonato nacional de máster. Foto: composición LR/AquaXtreme.
La Federación Peruana de Natación le impidió a Andrea Guerra participar en el campeonato nacional de máster. Foto: composición LR/AquaXtreme.

Impasse. El 4 y 5 de junio, en la Villa Deportiva Nacional (Videna), la Federación Nacional Peruana de Natación (FNPN) y Legado 2019 organizaron el campeonato nacional máster pileta larga. A las 9.30 a. m. del primer día, la nadadora Andrea Beatriz Guerra Espinoza llegó al distrito de San Luis para competir con AquaXtreme, la academia donde entrena, en compañía de su bebé de 5 meses y su suegra.

Guerra Espinoza se sorprendió cuando le comunicaron que no podía ingresar con la menor en edad lactante. Le dijeron a la también tesorera de la Asociación Deportiva Aqua Vida, afiliada a la federación e inscrita en el Registro Nacional del Deporte, que “no se permite público (en referencia a la bebé)”, y que, en todo caso, hubiese coordinado previamente el ingreso. Esos argumentos fueron respaldados por la comisión organizadora de la competición.

La nadadora pudo pasar, así que se aproximó a las inmediaciones de la piscina donde bracearía. Entonces, como relató en conversación con este diario, un guardián de seguridad le dijo que no podía transitar por el toldo que cubre el escenario de la competición por su niña. “Es una bebé lactante. No está considerado como una menor de edad todavía”, recuerda Guerra haberle respondido.

Entre la indicación y el reclamo, la deportista perdió 15 minutos destinados al reconocimiento de los nadadores a la piscina donde luego despegarán. Mientras Guerra Espinoza se dirigía a la zona de espera, se acercaron a la suegra administradores del evento para decirle que “tenía 30 segundos para poder retirarse del establecimiento”.

Al tiempo, finalizada la primera jornada de competición, se acercaron a la deportista y suegra para pedirles perdón por lo ocasionado. “Fue una falta de coordinación. Disculpa por el mal momento”, rememora la nadadora que le enunciaron. Ella expresó su preocupación por la jornada del 5 de junio, en la que asistiría nuevamente con su hija. Le comunicaron que podría acercarse sin problema.

Versión institucional del segundo día

Para el último día del evento, Guerra manejó en auto hasta San Luis. Trató de ingresar por la puerta 12, donde los demás coches registran su entrada. Por llegar con su hija de 5 meses no le permitieron el paso. Eso fue, como el 4 de junio, a las 9.30 a. m.. Después de cuarenta y cinco minutos de espera decidió irse.

Fue entonces cuando el esposo y representante del club donde Guerra Espinoza se preparó, Rodrigo León Prado, se comunicó con el área técnica de la administración. También consultada por este diario, la directora de la FNPN, Mirtha Vicuña, contó que fue avisada, en medio del precalentamiento de la competencia, que “hay una persona afuera que va a entrar con un niño“. Ella respondió al intermediario que no, “que estaba prohibido el ingreso a menores“.

Cuando la directora terminó de nadar, aproximadamente a las 10.00 a. m., le precisaron que “estaba una atleta con un bebé y que iba a ingresar a la competencia“. La siguiente acción de la directora de la FNPN fue comunicarle a seguridad que la nadadora “siga el proceso regular: que alcance la información con sus datos (de la bebé) para que pueda ingresar. Cuando se le informó eso, (el delegado León Prado) comenzó a decir que esto va a llegar a las autoridades”.

Para las 11.00 a. m. le hicieron saber a Guerra Espinoza que el permiso para que su hija entre estaba habilitado. Pero ella ya no estaba en la Videna. Treinta y dos minutos después digitaron el reclamo a la FNPN.

Denuncia de la nadadora. Foto: captura.

La institución responsabiliza al delegado del hecho. Según lo dicho, León Prado no utilizó ninguna vía comunicativa para coordinar acciones que hagan posible el ingreso de Andrea Guerra. Más bien, como afirma Vicuña, a las 12.37 p. m. se salió del grupo de responsables de WhatsApp. “Fácilmente ha podido decir ’mi esposa está en la puerta y no la dejan ingresar’. ¿Quién no lo va a atender? Todos los que piden al chat que hubo problemas con el ingreso, todo se solucionó”, agrega la autoridad de la FNPN.

Guerra Espinoza responde: “El problema es cómo están categorizando la edad de mi bebé. Son 5 meses que tiene, es una bebé lactante. No es una menor de edad. No creíamos que iba haber problema por llevarla. No es un niño de 3 años que está corriendo por el establecimiento”.

¿Qué se consigna en el Código Penal sobre la discriminación?

De agotar la vía administrativa y decidirse emprender una denuncia penal, Guerra Espinoza se ampararía en el artículo 323º del Código Penal. Según la modificación de la norma hecha en el segundo gobierno de Alan García, se interpone una “pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de tres o con prestación de servicios a la comunidad de 60 a 120 jornadas” a el que, “por sí o mediante terceros, discrimina a una o más personas en forma pública”.

Además, la norma añade: “Si el agente es funcionario o servidor público, la pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años (...)”.

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