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Multas por no votar: ¿cómo saber si tengo una sanción y cómo evitar pagarla?

Conoce los montos que deben pagar los ciudadanos que no acudan a sufragar o no cumplan con su labor de miembro de mesa en los comicios de este domingo 6 de junio.

Conoce los detalles sobre la exoneración a la multa en estas Elecciones Presidenciales 2021. Foto: EFE
Conoce los detalles sobre la exoneración a la multa en estas Elecciones Presidenciales 2021. Foto: EFE

La ONPE estipula que los ciudadanos que voten o no cumplan con su deber de asistir como miembro de mesa en las actuales Elecciones Generales 2021 recibirán una multa electoral.

El monto de las sanciones por no votar es diferente si la zona donde vive el elector es considerada como no pobre, pobre o pobre extremo. Esta clasificación se hace según el distrito que aparece en el DNI de la persona.

Te contamos todo lo que necesitas saber si cuentas con alguna multa en el proceso electoral vigente o cómo averiguarlo; así también te explicamos desde cuando tramitar la dispensa o justificación propuesta por el estado para casos excepcionales.

¿Cómo saber si tengo multas por no votar en las Elecciones Perú 2021?

Recibes una multa electoral cuando no votaste, no cumpliste tu deber de asistir como miembro de mesa o te negaste a reemplazar a un miembro de mesa ausente.

Hay que tomar en cuenta que si no cumples el deber electoral en las dos instancias de una elección presidencial, obtendrás la multa dos veces.

Si quieres conocer si es que tienes alguna multa por no votar o no ser miembro de mesa pendiente de pago, puedes hacer los siguientes pasos en el portal oficial del JNE:

  • Ingresa a: https://multas.jne.gob.pe/login
  • Digita tu DNI y el código que te muestra en el cuadro inferior.
  • Da clic en Consultar y obtendrás el resultado.

No olvides que también puedes obtener la información a través de la página Gob.pe. Ambos trámites se hacen de manera online a partir del día siguiente de realizada la elección.

¿Cómo evito pagar la multa por no votar en segunda vuelta electoral?

A continuación, te damos a conocer el procedimiento que se debe seguir para que el JNE considere tu caso y proceda a eliminar la multa correspondiente.

  • Verifica si te corresponde pagar los S/ 23,60 para tramitar la dispensa o justificación en caso de haber sido miembro de mesa (si no puedes votar por padecer, estar hospitalizado o cumplir cuarentena por COVID-19; el trámite es gratuito)
  • Si tienes que pagar por el trámite, hazlo a través del Banco de la Nación o de la plataforma Págalo.pe.
  • Ingresa al portal Sistema de Dispensa Virtual del JNE en este enlace oficial.
  • Ingresa a través de los datos de tu DNI (número, código de ubigeo y grupo de votación)
  • Selecciona la multa por la cual quieres iniciar el proceso.
  • Adjunta los documentos requeridos y escaneados en la plataforma.
  • El JNE verificará los documentos. En caso de haber observaciones, se te notificará a través del teléfono, correo o dirección que ingresaste. Si no hay problemas, la multa será eliminada.

¿Desde cuándo puedo tramitar la dispensa o justificación?

Una persona puede verificar si tiene una multa electoral y empezar a tramitar su dispensa o justificación desde el día siguiente del proceso.

En el caso de la segunda vuelta del 2021, esto significa que se podrá iniciar el proceso y solicitar la eliminación de la multa desde el lunes 7 de junio.

El plazo para presentarlos es hasta antes que el JNE decida someterte a embargo para cobrarte la multa electoral.

Los grupos de riesgo, establecidos por la Autoridad Nacional Sanitaria, y que no requieren pagar para tramitar sus dispensas o justificaciones comprenden a los mayores de 65 años y a quienes sufren de enfermedades cardiovasculares graves, pulmonares crónicas, hipertensión arterial no controlada, diabetes, cáncer, entre otros.

Tampoco se requiere pagar en los siguientes casos:

  • Desastres naturales / Desastre humano.
  • Error en el padrón.
  • Defectos en la organización y ejecución de actividades durante el desarrollo de la elección atribuible a las entidades del sistema electoral.
  • Impedimento del ejercicio de derecho a la instalación, en los casos originados por incidencias electorales.
  • Discapacidad física, mental, sensorial y/o intelectual.
  • Prisión.
  • Función electoral.
  • Casos contemplados en la sexta y séptima disposición final del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral.

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