Empresas que afecten pueblos indígenas serán multadas con S/ 4.15 millones
El Ejecutivo publicó un decreto legislativo que establece sanciones para las empresas o personas atenten contra los pueblos indígenas.
El Gobierno publicó un decreto legislativo que establece sanciones para todos aquellos que incumplan con la Ley N° 28736 sobre la protección de pueblos indígenas u originarios que se encuentran en aislamiento y en situación de contacto inicial.
Asimismo, estableció que estas sanciones son aplicables para toda persona natural o jurídica, pública o privada, que no cumplan con la mencionada ley, su reglamento y sus disposiciones, en las áreas geográficas donde el Ministerio de Cultura estableció la presencia de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (PIACI).
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El Poder Ejecutivo estableció nueve infracciones administrativas, las cuales serán sancionadas por el Ministerio de Cultura. Entre ellas se encuentran el ingreso a reservas territoriales o indígenas sin contar con la autorización correspondiente.
Asimismo, se penará la realización de actividades de aprovechamiento de los recursos naturales dentro de estas reservas, establecer asentamientos poblacionales, realizar actividad para la construcción, entre otros. Para leer toda la norma legal puedes revisar aquí.
El Ministerio de Cultura impondrá las sanciones establecidas de acuerdo a la infracción cometida.
Cabe precisar que estas infracciones pueden ser calificadas como leves, graves o muy graves, según la afectación. Por ello, se podrá aplicar la amonestación, la multa, el decomiso definitivo de bienes y la inhabilitación para el ingreso a las Reservas Territoriales o Reservas Indígenas.
En el caso que se imponga una multa, esta será no menor a una Unidad Impositiva Tributaria ni mayor a 1,000 (UIT), es decir que la máxima penalidad que se pagará será de S/ 4.15 millones.