Decisión de Luis Arce para dejar JNE es inviable y debilita institucionalidad, según expertos
Especialistas señalan que magistrado podría ser sancionado tras intentar dimitir del cargo durante el proceso electoral. Además, mencionan que sus argumentos son “nocivos” para el país.
Tras tener una posición discordante con los otros miembros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sobre las apelaciones de pedidos de nulidad de Fuerza Popular, el magistrado Luis Arce Córdova emitió su renuncia “irrevocable” al Pleno de la institución.
El fiscal supremo, investigado por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto, solicitó su declinación el último miércoles al cargo en nombre del Ministerio Público a pesar de que la ley no se lo permite.
Arce sostiene que su renuncia se da “con el fin de evitar que la representación que ejerce y sus votos en minoría sean utilizados para convalidar falsas deliberaciones constitucionales que son en realidad decisiones con clara parcialización política en el Jurado Nacional de Elecciones”.
Además, acusó a la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, de “omitir sus funciones de persecutora de los delitos electorales que públicamente se vienen denunciando en el presente proceso electoral y que, a pesar de ello, el jefe de la ONPE afirme que este proceso se ha realizado limpia y transparentemente”. Esto lo mencionó luego de pedirle a la titular del Ministerio Público que llame a un suplente para que lo reemplace.
JNE
Para César Aliaga, especialista en derecho constitucional, la figura de declinación que argumenta el magistrado para su reemplazo “resulta inviable jurídicamente”.
En efecto, la Ley n.° 26486, de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) refiere en su artículo 16 que “el cargo de miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones es irrenunciable durante los procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares”.
El letrado explicó que el artículo 11 de dicha ley menciona que “los miembros suplentes únicamente reemplazan al magistrado titular en caso de muerte o incapacidad permanente o temporal, o cuando haya vencido el plazo de su mandato, lo cual no se configura en el caso de Luis Arce Córdova”.
“En consecuencia, el Pleno del Jurado Nacional no debería admitir dicha figura de declinación”, sostuvo a La República.
José Tello, miembro del Instituto Peruano de Derecho Electoral, opina que este es un tema muy mal manejado porque “se está tratando de basarse en una legislación cuando en realidad no se puede aceptar una renuncia”.
“Los argumentos que emplea el señor Arce para tomar esta decisión son argumentos que amenazan la institucionalidad, que debilitan tremendamente al Jurado Nacional de Elecciones. Es nocivo lo que está haciendo”, manifestó a este diario.
Cabe resaltar que, el JNE solo cuenta con cuatro miembros, siendo este el número mínimo del quorum para sesionar y resolver, según el artículo 24 de la LOE.
Aliaga, por su parte, señala que resulta necesaria la participación Arce Córdova “para que no se paralice este proceso electoral en curso, donde todavía el Jurado Nacional de Elecciones tiene que resolver casos y luego proclamar al nuevo presidente”.
Tello refuerza dicha posición, pues asegura que “es imposible” resolver las apelaciones pendientes con solo tres miembros.
“Eso no podría ocurrir. Esto tiene que ser solucionado por la Junta de Fiscales Supremos para que termine el proceso electoral. Este proceso tiene que terminar. Luis Arce como fiscal supremo puede quedar a disposición de una sanción de la Junta de Fiscales o la Junta Nacional de Justicia”, acotó.
Decisión de Luis Arce para dejar JNE es inviable y debilita institucionalidad, según expertos
Por otro lado, Milagros Campos, politóloga y especialista en estudios legislativos, destaca que si bien las personas naturales pueden renunciar, “hay determinados puestos que tienen normas específicas para darle continuidad”, como el caso de Luis Arce como miembro del JNE.
“El cargo (en el JNE) es irrenunciable para no alterar el cronograma electoral. Eso es un tema en el que se analiza el derecho individual de una persona al renunciar frente al bien mayor que termina siendo el funcionamiento de los órganos electorales”, comentó a esta redacción.
La también exintegrante de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política recordó que “no puede haber democracia sin elecciones y sin ningún resultado electoral”.
“Son situaciones inéditas las que estamos viviendo. Nuestro país no tiene instituciones tan sólidas y depende mucho de la actitud colaborativa con la democracia que tengan las autoridades y los partidos políticos”, añadió.
El Código Procesal Penal, en los artículos 380, 377 y 422 establece que Luis Arce podría ser sancionado por los presuntos delitos de abandono del cargo, omisión de funciones y negativa al administrar la justicia.
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