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Economía

Presentan proyecto de ley para que el 10% de la CTS se destine al fondo de las pensiones de los trabajadores

El congresista Jorge Coayla busca mejorar las pensiones de jubilación de los trabajadores. Para ello, plantea que el 10% de la CTS que reciben los empleados formales "pase a formar parte de su fondo".

La CTS es un beneficio social que sirve como fondo de ahorro ante situaciones de despido o renuncia. Foto: composición LR/Andina
La CTS es un beneficio social que sirve como fondo de ahorro ante situaciones de despido o renuncia. Foto: composición LR/Andina

El congresista de la bancada de Juntos por el Perú - Voces del Pueblo, Jorge Coayla, presentó este jueves 8 de agosto un proyecto de ley que busca disponer que el 10% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) forme parte del fondo de pensiones de los trabajadores. Dicha iniciativa legislativa tendrá que ser discutida en el seno de las Comisiones de Trabajo y Economía, las cuales aún no reinician funciones.

Recordemos que la CTS busca proteger a los trabajadores frente a las contingencias que puedan presentarse como consecuencia del cese en su centro de labores. En ese sentido, el Congreso autorizó el retiro de este beneficio hasta el 31 de diciembre de este año y después de ello, regiría nuevamente la Ley 30334, que indica que solo se puede liberar de la cuenta CTS el excedente de cuatro sueldos.

Buscan que el 10% de la CTS se destine al fondo de las pensiones de los trabajadores

Con el objetivo de mejorar las pensiones de jubilación que reciben los trabajadores, el parlamentario Jorge Coayla ingresó a trámite documentario del Congreso un proyecto de ley que busca destinar el 10% de la CTS a los fondos de ONP y AFP. Según la exposición de motivos de esta propuesta, su aprobación "permitirá capitalizar los fondos pensionarios y beneficiará alrededor de 3 millones de trabajadores formales".

"Con esta norma lo que se pretende es que los fondos pensionarios tanto de la ONP y AFP de los trabajadores se vean incrementados con aportes adicionales y que no recaigan ni perjudiquen directamente en la remuneración del trabajador, ni sea un sobre costo laboral para el empleador, sino que recaiga en aquellos beneficios adicionales que recibe el trabajador y darle mejores usos en beneficio directo de este, como es el caso de la CTS que en la mayoría de los casos, no son utilizados para los fines de los que fueron creados. ", se lee en la iniciativa de ley 8565/2024-CR.

Asimismo, se precisa que dicha norma servirá para "revertir los últimos retiros voluntarios de las AFP dispuestos por el Congreso y aumentar en forma directa los fondos pensionarios de los trabajadores ONP y del SPP, sobre todo porque serán aportes adicionales, que provendrán de los propios ingresos de los trabajadores, como es el beneficio de la CTS".

Finalmente, la única disposición complementaria del proyecto de ley de Jorge Coayla establece que el Poder Ejecutivo será el encargado de reglamentarla en un plazo no mayor de 60 días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación de la norma.

¿Cuál será el costo-beneficio de este proyecto?

Destinar el 10% de la CTS al fondo de pensiones de los trabajadores, no tendrá costo alguno al Estado, señala la iniciativa de ley del congresista Jorge Coayla. La razón para sustentar este argumento se sostiene en que solo afectará a un beneficio adicional a su remuneración y será un 10% de la CTS la que se empleará para estos fines.

"Este aporte no perjudicará de ninguna manera en la economía de este, porque será un mínimo porcentaje de este 10%; ya que estos irán directamente incrementar a sus fondos pensionarios, según sea el caso, con la finalidad de mejorar en el futuro sus pensiones de su jubilación", indica la propuesta legislativa.

CTS 2024: ¿cuándo se realizará el próximo depósito?

Los trabajadores del régimen privado y que cumplan, en promedio, con una jornada mínima de cuatro horas diarios, recibirán el próximo pago de la CTS. Según la Sunafil, los empleadores tienen plazo hasta el 15 de noviembre de este año para efectuar el depósito de este beneficio social, que corresponde al siguiente periodo:

  • Del 1 de mayo al 31 de octubre: depósito de noviembre.