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Economía

Aguinaldo de S/300 por Fiestas Patrias 2024: cuándo se paga, qué trabajadores lo reciben y más

Al igual que en el 2023, el aguinaldo de S/300 se pagará a los trabajadores estatales junto con la planilla de julio. Revisa a quiénes les corresponde cobrar y cuáles son los requisitos para acceder.

Los internos de Medicina Humana y de Odontología reciben de aguinaldo por Fiestas Patrias la suma de S/100. Foto: composición LR/Andina
Los internos de Medicina Humana y de Odontología reciben de aguinaldo por Fiestas Patrias la suma de S/100. Foto: composición LR/Andina

Luego de la oficialización del Decreto Supremo N° 124-2024-EF que autoriza el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias, muchos trabajadores se preguntan si les corresponde recibir este beneficio. Lo cierto es que este dinero extra de S/300 se abonará a la planilla de pagos del mes de julio de 2024.

Tal y como lo estipula la norma, el aguinaldo no se encuentra sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos, excepto aquellos otros establecidos por ley o autorizados por el empleado. Además, se financia con cargo a los créditos presupuestarios asignados en la partida institucional de las entidades públicas.

¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo es un beneficio económico adicional que se otorga a los trabajadores del sector público en determinadas fechas del año. Este dinero extra se entrega en julio, con motivo de las Fiestas Patrias, y en diciembre, coincidiendo con la Navidad. El propósito de este pago es brindar un apoyo financiero a los empleados, permitiéndoles afrontar gastos adicionales que suelen surgir en estas épocas festivas.

Aguinaldo por Fiestas Patrias: ¿qué trabajadores lo recibirán?

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 124-2024-EF, publicado el último viernes 12 de julio en el diario oficial El Peruano, el aguinaldo de S/300 se pagará en la planilla de julio de los trabajadores que pertenecen a los siguiente regímenes:

  • Decreto Legislativo N.º 276.
  • Ley N.º 2944.
  • Ley N.º 30512.
  • Docentes universitarios de la Ley n.º 30220.
  • Personal de salud del Decreto Legislativo N.º 1153; los obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas comprendidos en los regímenes de las Leyes n.º 15117 y 28091, en el Decreto Supremo N.º 051-88-PCM, así como los Decretos Leyes n.º 19846 y 20530.
  • Los trabajadores contratados bajo el régimen laboral CAS (Decreto Legislativo N.º 1057).
  • Los internos de Medicina Humana y de Odontología recibirán un aguinaldo de S/100.
  • En el caso del Magisterio Nacional, el pago del aguinaldo se calcula de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, otorgando a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor a lo señalado en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

¿Como saber si me corresponde el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias?

La ley del presupuesto público para el año fiscal 2024 contempla el pago del aguinaldo a los servidores y funcionarios del Estado. Con el Decreto Supremo publicado en el diario El Peruano, los trabajadores del Estado deben cumplir estos requisitos para recibir este beneficio de Fiestas Patrias:

  • Haber estado laborando al 30 de junio del 2024, o en uso de su descanso vacacional, de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios que indica la ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio de este año. Si no cumple con el tiempo indicado, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

¿Cuándo se paga el Aguinaldo de S/300?

El Ministerio de Economía y Finanzas, en representación del Poder Ejecutivo, autorizó el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias de S/300 para los empleados del sector público, el cual será depositado en la planilla de julio de 2024. A continuación, revisa el cronograma del Banco de la Nación:

Jueves 18 de julio

  1. Presidencia del Consejo de Ministros
  2. Poder Judicial
  3. Ministerio de Justicia
  4. Ministerio de Relaciones Exteriores
  5. Ministerio de Economía y Finanzas
  6. Universidades públicas
  7. Contraloría General de la República
  8. Defensoría del Pueblo
  9. Junta Nacional de Justicia
  10. Ministerio Público
  11. Tribunal Constitucional
  12. Congreso de la República
  13. Jurado Nacional de Elecciones
  14. Oficina Nacional de Procesos Electorales
  15. Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
  16. Gobiernos regionales: unidades ejecutoras de agricultura.

Viernes 19 de julio

  • Ministerio de Educación (UGEL 01, 03 y 07) y Gobiernos regionales (unidades ejecutoras de educación, excepto de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno).

Lunes 22 de julio

  1. Ministerio de Cultura.
  2. Ministerio de Educación: menos UGEL 01, 03, 07
  3. Gobiernos Regionales: unidades ejecutoras de educación de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno.

Miércoles 24 de julio

  1. Ministerio del Ambiente
  2. Ministerio de Salud
  3. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
  4. Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
  5. Ministerio de Energía y Minas
  6. Ministerio de Defensa
  7. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
  8. Ministerio de Transportes y Comunicaciones
  9. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
  10. Ministerio de la Producción
  11. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
  12. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
  13. Gobiernos regionales: todas las unidades ejecutoras, excepto las de educación y agricultura.

Jueves 25 de julio

  • Ministerio del Interior.