Economía

Trabajadores agrarios tienen derecho a percibir 30 % de la remuneración mínima vital como bono

Bonificación adicional deberá ser superior a los S/300 y se deberá entregar también un monto por asignación familiar equivalente al 10% de la RMV.

Jornada laboral de los trabajadores agroindustriales no debe exceder las 48 horas por semana.Foto:  Andina
Jornada laboral de los trabajadores agroindustriales no debe exceder las 48 horas por semana.Foto: Andina

En el contexto del Día del Campesino, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recuerda a los empleadores del sector agrario y agroindustrial que los trabajadores bajo el régimen laboral agrario tienen derecho a recibir una“Bonificación especial por trabajo agrario (BETA)”, equivalente al 30% de la Remuneración Mínima Vital (RMV), que supera los S/300.

Asimismo, dicha bonificación no se considera como parte de la remuneración y no se incluye en el cálculo de los beneficios sociales. Además, tienen derecho a recibir una asignación familiar equivalente al 10% de la RMV, es decir, S/102, que se paga de manera proporcional a los días que corresponda. En esa línea, tienen derecho a participar en las utilidades de la empresa.

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Los que están incluidos en el régimen laboral agrario son aquellos que principalmente realizan actividades de cultivo o crianza agroindustriales, establecidas en el D.S. N.o 006-2023-MIDAGRI, fuera de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. También les corresponde a los productores organizados en asociaciones, siempre y cuando cada asociado individual supere las cinco hectáreas de producción, así como las actividades agroindustriales relacionadas con el cultivo de palma aceitera y palmito.

Cabe señalar que la Sunafil advierte que la jornada laboral es de 8 horas diarias o 48 horas a la semana. Si se excede, se considera tiempo extra y debe ser remunerado. La remuneración diaria (RD) se calcula sumando la remuneración básica, las gratificaciones y la compensación por tiempo de servicios, y luego se divide entre treinta (30).

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