Empresa eléctrica Electro Dunas es sancionada por abuso de posición de dominio
Multa impuesta por el Indecopi asciende a casi un millón de soles.
La empresa distribuidora de energía eléctrica en el sur del Perú, principalmente en el departamento de Ica., Electro Dunas S.A.A, ha sido multada por 200,89 UIT, equivalente a más de S/994.000 por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi. Esto tras ser acusada de abuso de posición de dominio.
De acuerdo con la CLC, la empresa distribuidora aplicó condiciones desiguales para los usuarios regulados que optaban por cambiar su condición a usuarios libres. Así, se exoneraba del plazo de preaviso de un año a quienes se comprometieran a mantenerla como suministradora en el mercado, pero exigía el cumplimiento a aquellas personas que se movían al segmento de usuarios libres y decidían contratar con otras competidoras como Atria Energía, compañía que impuso la denuncia.
Cabe señalar que los clientes regulados son principalmente los hogares consumen energía eléctrica con una demanda de potencia anual de no mayor de 200 kW y de empresas ubicadas cerca de su zona, mientras que los libres consumen electricidad con una demanda anual de potencia mayor a 2.500 kW y pueden contratar el suministro con cualquier generador o distribuidor.
El Indecopi informó también que, durante el periodo investigado (2017 – 2020), debido a esta acción, Electro Dunas pudo incrementar su participación en el mercado afectado, tanto en lo que se refiere al porcentaje de clientes nuevos como el de potencia total contratada. En esa línea, se concluyó que la empresa sancionada no pudo demostrar que la política adoptada introducía eficiencias al mercado en beneficio de los consumidores.
Es importante mencionar que en el mercado investigado participan tres tipos de usuarios de electricidad: los usuarios regulados; los usuarios libres; y los usuarios que tienen una demanda de potencia entre 200 kW y 2.500 kW, los que pueden decidir permanecer como usuarios regulados o migrar a la condición de libre. Al respecto, la legislación vigente establece que los usuarios regulados que quieren cambiar su condición a libres deben avisar con un año de anticipación a su empresa suministradora actual.
La conducta sancionada infringió los literales b) y h) del artículo 10.2 de la Ley de Libre Competencia, pues implicó la aplicación injustificada de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes en el mercado de suministro de energía eléctrica, restringiendo indebidamente la competencia. Electro Dunas aún se encuentra en el plazo legal para apelar esta decisión ante la Sala Especializada de Defensa de la Competencia, segunda y última instancia del Indecopi.