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Verificador

No, Estado no está obligado a contratar con ONG’s para dictar cursos con enfoque de género

El decreto supremo al que hacen referencia algunas publicaciones virales jamás menciona que la Administración Pública está obligada a contratar solo a estos organismos para las capacitaciones de enfoque de género.

Muro de Manifiesto. Foto: composición LR/ captura de Facebook
Muro de Manifiesto. Foto: composición LR/ captura de Facebook

El último jueves 4 de agosto se emitió un decreto supremo que establece la “obligatoriedad de la capacitación en enfoque de género” para todas las personas que trabajan en el Estado y sus empresas. Ante esto, se han hecho virales publicaciones que afirman que la norma conmina a la Administración Pública a contratar a ONG’s para que pueda ser ejecutada. Sin embargo, esto es falso.

Muro de Manifiesto. Foto: captura de Facebook

Sobre el decreto supremo en mención

El Decreto Supremo N.º 010-2022-MIMP (o Decreto Supremo que dispone la capacitación obligatoria en enfoque de género para la prevención de la violencia y discriminación por género en la Administración Pública) fue publicado este último jueves en El Peruano.

La normativa establece que es imprescindible que los funcionarios del Estado, para poder trabajar en él, aprueben el siguiente taller: “Enfoque de género para la toma de decisiones en la gestión pública”.

Asimismo, los directivos, servidores públicos y de confianza de la Administración Pública, así como los trabajadores de las empresas estatales, deben participar en capacitaciones de al menos 24 horas en materia de enfoque de género.

Los responsables de “planificar, desarrollar y gestionar las acciones necesarias para la implementación” del mentado taller, de acuerdo al mismo documento, son el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).

Y, para el caso de las capacitaciones, los encargados son, en primer lugar, Servir, pero, también, “las entidades públicas o privadas proveedoras de capacitación con experiencia en la materia a desarrollar”.

En ningún momento, la norma establece que los únicos organismos que pueden brindar estos servicios sean las ONGs.

¿Qué dice el MIMP?

Nos comunicamos con Paula Aguilar, directora general de la Dirección General de Transversalización del Enfoque de Género en el MIMP, órgano encargado de implementar este decreto. Ella nos aclaró que las entidades privadas que impartirán estas capacitaciones deben contar con las competencias adecuadas para poder dictar estos cursos no menores a 24 horas: “En la práctica, realmente, van a ser universidades que tienen una oferta formativa en la materia, experiencia y una plana docente calificada y conocedora del sector público”.

Aguilar, además, añadió que las ONGs no podrán cumplir con los criterios adecuados que se van a establecer en el plan de trabajo que ya preparan para poner en marcha el decreto.

¿Y cómo han sido estos cursos hasta ahora?

En relación a cómo ha venido impartiendo este tipo de capacitaciones el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, nos comunicamos con Jackeline Velarde, del área de Comunicaciones en la Dirección contra la Violencia de Género del MIMP, quien nos afirmó que al menos en su órgano no se ha contratado a ninguna ONG para dictar estos cursos.

En Verificador, encontramos algunos cursos impartidos por personal de la propia DGTEG a otras áreas del Estado, como la ponencia de Flor Aparcana Bravo para el Poder Judicial sobre el impacto del lenguaje sexista y algunas herramientas para la aplicación del lenguaje inclusivo.

Invitación al curso impartido por la DGTEG al Poder Judicial. Foto: Facebook

Conclusión

Las publicaciones que afirman que el Estado está obligado a contratar ONG’s para sus capacitaciones en enfoque de género son falsas. En ningún momento el decreto supremo al que aluden señala esto. Asimismo, una representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) desmintió lo dicho en los posts.

Podcast Verificador LR

Escucha el podcast de Verificador de La República, nuestra selección dominical de artículos de fact checking que desmienten los contenidos falsos que circulan en las redes sociales.

*Si deseas saber si una publicación en las redes sociales es cierta o falsa, puedes pedir a La República que compruebe la información. Envía tu solicitud al apartado Contacto o escríbenos al WhatsApp (+51 997 883 271).

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