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Economía

Sunat: contribuyentes en Perú pueden recuperar hasta S/16.500 de forma automática si presentan este documento en 2025

La Sunat busca acelerar el proceso de devolución por cobros en exceso o retenciones incorrectas, lo que permite que los contribuyentes reciban su dinero sin necesidad de efectuar gestiones adicionales.

El Impuesto a la Renta es una obligación tributaria anual que deben cumplir las personas naturales y jurídicas.
El Impuesto a la Renta es una obligación tributaria anual que deben cumplir las personas naturales y jurídicas. Foto: Andina | Foto: Andina

Los contribuyentes en Perú podrán acceder a un innovador proceso de devolución automática del Impuesto a la Renta, impulsado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Esta medida tiene como objetivo agilizar los reembolsos por pagos en exceso o retenciones indebidas, lo que elimina la necesidad de que los usuarios realicen trámites adicionales.

El nuevo mecanismo de devolución automática del Impuesto a la Renta está dirigido a un sector específico, de acuerdo con la legislación tributaria peruana. El monto máximo de reembolso será de S/16.500, y el procedimiento se pondrá en marcha el 10 de junio de 2025, en cumplimiento con el Decreto de Urgencia N.º 025-2019.

¿Quiénes acceden a la devolución automática del Impuesto a la Renta 2025?

La Sunat activará la devolución de oficio, un mecanismo que permite reembolsar automáticamente los saldos a favor del contribuyente, sin necesidad de presentar una solicitud formal. El sistema se sustenta en los datos ya registrados por la entidad, que incluyen las retenciones aplicadas, pagos en exceso y los gastos deducibles contemplados por la ley vigente.

Así, a partir del 10 de junio de 2025, la Sunat pondrá en marcha el proceso de devolución automática del Impuesto a la Renta, dirigido a trabajadores que perciben ingresos por rentas de cuarta o quinta categoría y que no registran ingresos adicionales provenientes del extranjero. Para acceder al reembolso, la entidad tributaria debe contar con información completa sobre el contribuyente y las deducciones aplicables. Esta medida se ejecuta bajo el marco del Decreto de Urgencia N.º 025-2019.

Requisitos para la devolución del Impuesto a la Renta en 2025

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria comunicará a los contribuyentes incluidos en el proceso de devolución automática del Impuesto a la Renta a través del buzón electrónico o correo registrado. La notificación detallará los datos personales del beneficiario, el tributo y el periodo correspondiente, el monto a devolver y la liquidación respectiva.

En caso de que los contribuyentes identifiquen que el monto reembolsado automáticamente por la Sunat es menor al que les corresponde, tendrán la opción de presentar una solicitud de devolución adicional. Para ello, deberán utilizar el Formulario Virtual N.º 709, disponible a partir del 31 de marzo de 2025, dirigido exclusivamente a personas naturales.

Registra tu CCI para recibir el abono de la devolución de Sunat

El abono correspondiente a la devolución del Impuesto a la Renta se realizará exclusivamente a través de una cuenta bancaria cuyo Código de Cuenta Interbancario (CCI) haya sido previamente registrado ante la Sunat. En el caso de los contribuyentes que cuenten con RUC, el registro debe efectuarse a través del sistema SOL al ingresar a la opción “CCI Único”.

Quienes no cuenten con RUC deberán ingresar a la opción “Obtener Clave SOL por Internet” para registrar su CCI durante ese trámite. Es indispensable que la cuenta bancaria esté en soles, a nombre del beneficiario y no sea una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Para la devolución, se tomará en cuenta únicamente el último CCI registrado.

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