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Indecopi: ¿Por qué Navarrete y Quad Graphics recibieron una multa de 11.4 millones?

Sala especializada de Indecopi encontró responsable a ambas empresas por actos anticompetitivos del 2009 y 2016.

Puedes acudir a Indecopi si la empresa no resuelve tu queja o reclamo en el plazo legal establecido. Foto: El Peruano
Puedes acudir a Indecopi si la empresa no resuelve tu queja o reclamo en el plazo legal establecido. Foto: El Peruano

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirmó en segunda y última instancia administrativa, que las empresas Quad/Graphics Perú y Corporación Gráfica Navarrete se comportaron de manera anticompetitiva en el mercado de impresión de textos escolares, puesto que se repartieron procedimientos de selección entre el 2009 y 2016.

Esta investigación se dio gracias al Programa de Clemencia al que se acogieron Amauta y El Comercio. En el 2021, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia determinó que Metrocolor, las empresas vinculadas El Comercio y Amauta Impresiones Comerciales, Quad/Graphics Perú y Corporación Gráfica Navarrete participaron en la conducta anticompetitiva antes mencionada por ello también se sancionó a ocho exrepresentantes.

¿Por qué fueron sancionados Navarrete y Quad Graphics?

Según la evidencia analizada, representantes y trabajadores de las empresas investigadas coordinaban clandestinamente mediante correos electrónicos, llamadas telefónicas y reuniones, el reparto de concursos públicos, procesos especiales, entre otros, convocados por el Ministerio de Educación para brindar el servicio de impresión de textos escolares, así como por el Instituto Nacional de Estadística e Informática.

Asimismo, se verificó y confirmó que en varios casos, las ofertas económicas ofrecidas por los infractores buscaban simular la existencia de competencia entre ellos. Por estas razones, se sancionó a Quad/ Graphics con multa de 1,929.51 UIT y a Navarrete de 565.49 UIT.

La SDC del Indecopi también corroboró la responsabilidad de dos personas naturales que apelaron la decisión de la Comisión, a las que se aplicó una multa total de 89.82 UIT equivalente a más de 400,000 soles.

¿Qué otras medidas tendrán que cumplir ambas empresas?

Por otro lado, las empresas tendrían que implementar “Programa de Cumplimiento” como medida correctiva impuesta en primera instancia, con la intención de contrarrestar las condiciones que puedan promover o permitir que se generen nuevas conductas anticompetitivas y reducir futuras contravenciones a la ley.

Textos escolares. Foto: Archivo LR

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