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MTC: ¿cuáles son las nuevas indicaciones del ministro Silva para que operen los taxis colectivos?

Conoce aquí qué dijo el ministro Juan Silva tras la aprobación de crear un padrón de taxistas colectivos con tan solo una declaración jurada.

Juan Silva Villegas, según el SAT, fue conductor de una minivan de taxi colectivo y tenía una empresa informal de transporte terrestre. Foto: Grupo La República
Juan Silva Villegas, según el SAT, fue conductor de una minivan de taxi colectivo y tenía una empresa informal de transporte terrestre. Foto: Grupo La República

El Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) dio su venia para que los taxistas colectivos puedan operar libremente siempre y cuando firmen una declaración jurada y se empadronen en una lista que será administrada y actualizada por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutrán), entidad que, según algunos especialistas, no tiene competencia para gestionar este tipo de procesos.

Esta controversial norma, que ha sido publicada a días de terminar el 2021, ha provocado incertidumbre en la ciudadanía, sobre todo por tratarse de los medios de transporte, automóviles (M1) y minivans (M2), que han estado implicados en delitos de robo y que han sido descubiertos varias veces incumpliendo las medidas de salubridad que ayudan a evitar más contagios por la COVID-19, que ahora mutó a la variante ómicron.

¿Cuáles son las indicaciones del MTC para los taxis colectivos?

Después de publicarse la disposición en la edición extraordinaria de El Peruano el último martes 28 de diciembre, el ministro de Transporte y Comunicaciones, Juan Silva Villegas, precisó algunas indicaciones para los taxistas colectivos. Una de ellas, es que para que se formalicen tendrán que firmar una declaración jurada a la Sutrán, la misma que estará encargada de empadronarlos y de actualizar constantemente la lista.

Respecto a la administración de este proceso por parte de la entidad mencionada, algunos especialistas han rechazado tal gestión. En el caso de Luis Quispe Candia, de la ONG Luz Ámbar, indicó que es una medida absurda porque “no está bien conceptuada”.

En el anterior Congreso se trató de forjar un plan similar. Los parlamentarios habían aprobado por insistencia la Ley n° 31096. Finalmente, fue anulada después de que el gobierno de Francisco Sagasti interpusiera una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

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