El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) señalo mediante el Decreto Supremo N° 013-2023-MTC, publicado el 31 de agosto, en el diario oficial El Peruano, que todos los conductores de transporte público o de mercancías deberán de llevar cursos de actualización de las normas de tránsito de manera obligatoria.
Esto con el objetivo que tengan las capacidades para brindar el servicio con los cambios de normas vigentes, reflejado en el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT) y del Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT). En caso de no cumplir con ello, podrán ser multados. Conoce en esta nota de La República quiénes deberán llevarlo y desde cuándo es indispensable.
De acuerdo con el el Decreto Supremo N° 013-2023-MTC, este es el cronograma:
Conductores del servicio de transporte internacional y especial para personas | Fecha de plazo: 1 de enero del 2025 |
Conductores del servicio de transporte regular de personas | Fecha de plazo: 1 de marzo del 2025 |
Conductores del servicio de transporte de mercancías especiales | Fecha de plazo: 1 de mayo del 2025 |
Conductores del servicio de transporte de mercancías generales | Fecha de plazo: 1 de julio del 2025 |
Según lo indicado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este curso es obligatorio para todos los conductores que realicen el servicio de transporte terrestre, sin importar si es de personas o de mercancías. Dentro de ello, no se encuentran a los mototaxistas debido a que ellos realizarán otros cursos, de acuerdo con el portal oficial del MTC.
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