Política

Magistrados de la JNJ cerca de la destitución: ¿cuál es el siguiente paso en el Congreso?

Con una carencia de argumentos y la fuerza de los votos, la Comisión Permanente aprobó el informe final de la SAC que plantea la destitución de los magistrados de la JNJ. Todo podría decidirse el próximo 6 de marzo.

El informe necesita para su aprobación los 2/3 del número de miembros del Congreso, sin participación de la Comisión Permanente. Foto: composición de Jazmín Ceras/LR
El informe necesita para su aprobación los 2/3 del número de miembros del Congreso, sin participación de la Comisión Permanente. Foto: composición de Jazmín Ceras/LR

El último lunes 27, la Comisión Permanente aprobó —en siete votaciones realizadas de manera individual— el informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que recomienda la destitución de los magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), a quienes se les atribuye una supuesta infracción constitucional. Sin argumentos, pero con los votos suficientes —liderados por el fujimorismo y Perú Libre— se dio luz verde a que esta denuncia avance al Pleno, donde podría ser visto el próximo miércoles 6 de marzo.

En tanto, con 21 votos a favor, 4 en contra y 0 abstenciones, se aprobó que la comisión encargada de sustentar ante el Pleno el informe final contra los siete miembros de la JNJ esté integrada por Lady Camones (Alianza para el Progreso), en su calidad de presidenta de la SAC, y el parlamentario Esdras Medina Minaya (Unidad y Diálogo Parlamentario), quien fue el delegado encargado de la elaboración del documento.

En esta sesión plenaria, al igual como ocurrió en la Comisión Permanente, los siete magistrados comprendidos en la denuncia tienen el derecho de acudir solos o junto con sus abogados a ejercer su defensa. En la última sesión del lunes 27, solo intervinieron Antonio de la Haza (presidente de la JNJ) y Aldo Vásquez Ríos (vicepresidente), además de los abogados acreditados Samuel Abad y Omar Cairo. Se planteó una defensa institucional, más que individual.

En cuanto a los votos necesarios para la aprobación del informe final, respecto a la inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la función pública, de acuerdo al artículo 89 del reglamento del Congreso de la República, se establece que este se podría aprobar con 66 votos: “El acuerdo aprobatorio de sanción de suspensión, inhabilitación o destitución por infracción constitucional, en un juicio político previsto en el primer párrafo del artículo 100 de la Constitución, se adopta con la votación favorable de los 2/3 del número de miembros del Congreso, sin participación de la Comisión Permanente”.

En tanto, para la aprobación de la acusación constitucional, el reglamento indica que se “requiere la votación favorable de la mitad más uno del número de miembros del Congreso, sin participación de los miembros de la Comisión Permanente”. Es decir, se necesitarían 51 votos. Cabe la posibilidad de que sí alcancen los votos para la acusación constitucional, pero no para la inhabilitación de los magistrados.

Un dato importante es que la Comisión Permanente está conformada por 30 congresistas, estos no pueden votar en el Pleno, por lo que solo 100 congresistas se encuentran habilitados para ejercer su voto.

En la Comisión Permanente, cada caso se votó por separado, pero en el Pleno solo se hará de esta forma si existe un pedido expreso para ello: “Si un congresista solicitara, como consecuencia de la pluralidad de denunciados, que una acusación sea votada por separado, el Presidente accederá a su petición, sin debate”, se detalla en el reglamento.

De aprobarse la recomendación del informe, el “expediente con la acusación constitucional es enviado al Fiscal de la Nación, quien procederá conforme a sus atribuciones y a lo que dispone la Constitución”. En lo referido al juicio político, tienen un efecto inmediato y los magistrados no podrían ejercer cargos públicos por 10 años. En tanto, tendrían que continuar labores en el sector privado o como abogados independientes.

Bancadas que apoyarían en bloque la destitución

Lo ocurrido en la Comisión Permanente podría ser un reflejo de cómo votarían algunas fuerzas políticas en el Pleno. Entre las bancadas que votaron en cada uno de los siete casos a favor están Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País, Renovación Popular, Unidad y Diálogo, Somos Perú y Acción Popular.

En tanto, otras bancadas como Podemos Perú y Bloque Magisterial tuvieron votaciones que, en algunas ocasiones, se marcó en rojo y otras en verde. Mientras que Cambio Democrático-JPP y Perú Bicentenario marcaron en todos los casos en contra.

JNJ sin quorum para decidir sobre caso de Patricia Benavides

Mientras el Congreso se alista para darle el golpe final a los integrantes de la JNJ, el Tribunal Constitucional aprovechó una demanda de amparo para asestar un duro golpe a la Junta Nacional de Justicia y dejarla sin quorum para tomar decisiones —en los próximos días, mientras se concreta la inhabilitación de los magistrados— respecto al proceso que se le sigue a la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides.

El TC reconoció al excongresista Marco Tulío Falconí como integrante de la JNJ y ordenó que la Defensoría del Pueblo convoque a la Comisión Especial y, en un plazo de cinco días, le tome juramento para que asuma funciones. A la par, se establece que Guillermo Thornberry deja, a partir de la notificación de la sentencia, de integrar la Junta Nacional de Justicia. Por ello, la Junta quedaría sin el quorum mínimo.

De los siete magistrados, María Zavala fue la primera en inhibirse de intervenir en el proceso contra Patricia Benavides. Henry Ávila renunció tras declaraciones de Jaime Villanueva Barreto, quien lo involucraban en presuntos ilícitos. Ahora, Guillermo Thornberry fue cesado, Marco Tulio Falconí podría no tomar ninguna decisión hasta que tome conocimiento del caso. En tanto, solo quedarían habilitados Antonio de la Haza, Aldo Vásquez, Imelda Tumialán e Inés Tello de Ñecco. Solo cuatro para el quorum mínimo de cinco.