Género

Violencia económica, el tipo de agresión por la que Jossmery Toledo acusó a Jean Deza

La expolicía denunció a Jean Deza por agresión física, psicológica y, además, por no dejarla trabajar. ¿De qué se trata la violencia económica que viven miles de peruanas?

Jean Deza. (Foto: Composición La República)
Jean Deza. (Foto: Composición La República)

Ni una pandemia logra frenar las múltiples violencias contra las mujeres. Solo las agudiza. Uno de los últimos casos que se hicieron públicos fue el de la expolicía y modelo Jossmery Toledo, quien denunció a su expareja, el futbolista Jean Deza, en el programa de Magaly TV por agredirla a nivel físico, psicológico y por no permitirle trabajar, es decir, por ejercer violencia económica contra ella.

Pese a que activistas y organizaciones feministas han puesto en agenda pública la violencia de género, este concepto todavía se suele vincular solo a las afectaciones físicas, olvidando que, en realidad, es más amplio y estructural. La violencia económica, por ejemplo, aún permanece oculta e invisibilizada.

¿Qué es la violencia económica o patrimonial?

La violencia económica o patrimonial se define como “la acción u omisión que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de cualquier persona”, de acuerdo a la Ley 30364 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Es decir, son aquellas prácticas que perjudican la subsistencia económica o el patrimonio de una persona.

En el contexto de violencia de género, esta noción se relaciona directamente a hombres que ejercen algún tipo de control en los ingresos o patrimonios de sus parejas mujeres como instrumento, con el fin de “generar dependencia y temor” para “afianzar la primacía del varón jefe de familia, en un esquema de desigualdad de género que se perpetúa gracias a la violencia”, según el portal del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp).

“En la base de la violencia de género se encuentra una relación desigual entre hombres y mujeres”, lo cual se refleja en las brechas que aún existen entre ambos para acceder al trabajo y, con ello, la posibilidad de generar ingresos; de acuerdo a lo que señala a este diario la economista y activista feminista, Catherine Eyzaguirre.

Violencia Económica. (Foto: Captura Observatorio de Violencia Contra la Mujer)

Violencia Económica. (Foto: Captura Observatorio de Violencia Contra la Mujer)

En efecto, de las 15.013 personas que sufrieron esta violencia, entre 2017 y 2018, el 87% son mujeres como expone un informe del Observatorio Nacional de la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.

Esto es más común de lo que parece, pero por lo general está correlacionada a la violencia física, psicológica y/o sexual. En dicho periodo de tiempo se registraron 786 casos de violencia económica en los Centros de Emergencia Mujer (CEM). Sin embargo, si se suman los casos donde se entrelazan las demás violencias, estos alcanzaron los 13.031.

Al 2019, la violencia económica se incrementó en un 4% en las “mujeres anteriormente unidas” y un 2,4% en “mujeres solteras”, como indica la Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales 2019 (Enares).

¿Cómo se manifiesta la violencia económica o patrimonial?

La violencia económica o patrimonial tiene diferentes formas de manifestarse. Estas son las que se exponen en la Ley 30364:

Perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de los bienes de la persona afectada.Prohibir, limitar o condicionar el desarrollo profesional o laboral, restringiendo la autonomía económica.
Pérdida, sustracción, destrucción, retención o apropiación indebida de bienes o derechos patrimoniales.Sustraer los ingresos, así como impedir o prohibir su administración.
Limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer necesidades.Proveer en forma diminuta y fraccionada los recursos necesarios para el sustento familiar.
Evasión del cumplimiento de las obligaciones alimentarias.Condicionar el cumplimiento de la obligación de alimentos, como medio de sometimiento.
Limitación o control de los ingresos.Dañar, sustraer, destruir, deteriorar o retener los bienes destinados al alquiler, venta o instrumentos de trabajo.
Percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.Dañar, sustraer, destruir, deteriorar o retener los bienes personales como ropa, celulares, tabletas, computadoras, entre otros.

Según el observatorio citado, el tipo de violencia económica que más se realiza es la evasión del cumplimiento de las obligaciones alimentarias, la cual representa el 45% de casos, seguido a la limitación de los recursos económicos que las mujeres destinan a satisfacer sus necesidades y la pérdida, sustracción, destrucción, apropiación y retención indebida del patrimonio.

¿Qué dice la Ley sobre la violencia económica?

La Ley 30364 reconoce cuatro tipo de violencias hacia las mujeres: física, sexual, psicológica y económica. Cynthia Silva, abogada especialista en género y vocera de la ONG Demus, indica que “no hay un tipo penal específico que haga referencia a esta violencia, más allá de los delitos contra el patrimonio”.

“En casos de violencia económica se debe evaluar qué otros elementos ilícitos hay en el caso", manifiesta la experta. “Se denuncia y en el marco de la investigación penal se verá si hay algún daño psicológico producto de la privación de los recursos económicos y patrimoniales”, es ahí cuando ya puede calificar como delito de agresiones.

El actual Código Penal establece que “no son reprimibles” los hurtos o apropiaciones cuando son cónyuges o convivientes. Sin embargo, en el marco de las normas relacionadas con violencia de género, sí se puede sancionar por delito patrimonial. Igualmente, la abogada recomienda buscar la correlación con violencias como la psicológica, si esta se registra.

Violencia económica. (Foto: difusión)

Violencia económica. (Foto: difusión)

Consecuencias de la violencia económica

Omayra Chauca, psicóloga clínica feminista, explica a La República que el principal impacto que produce la violencia económica a nivel psicológico es la inestabilidad emocional, que va de la mano con una posible dependencia con el agresor y la perpetuación de la idea de que las mujeres no pueden ser autónomas.

“En este contexto de pandemia, con la precarización laboral en aumento, las mujeres se han quedado con menos posibilidad de acceder a trabajos y a mayor dependencia económica de sus parejas” declara y hace énfasis en que ello hace que las féminas estén más expuestas a las violencias correlacionadas.

A ello, se suma la autodesvalorización de estas. “Pensamos que nosotras no somos capaces de encontrar un trabajo y no entendemos la dimensión social y estructural”, lo cual lleva a pensamientos de que estas deberán depender de alguien más.

Mientras tanto, la economista recalca que este tipo de violencia perpetúa la dependencia económica con sus parejas, lo cual las continúa confinando al espacio del hogar y les dificulta el acceso al mercado laboral.

“Las mujeres, de por sí, suelen ser relegadas a asumir los trabajos de cuidado en el hogar, mientras que los varones salen al mercado laboral donde sí se remunera el trabajo”, enfatiza Eyzaguirre, lo cual lleva a que estas destinen menor tiempo para capacitarse o terminar sus carreras. “Esto les impide tener mejores posiciones y avanzar en sus carreras profesionales”.

Las consecuencias de la violencia económica y patrimonial ponen en riesgo las vidas de las mujeres al replegarlas a los hogares y al exponerlas a las violencias que se intersectan.

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