Estos requisitos deben cumplir los herederos del Fonavi para cobrar en 2025, vía Banco de la Nación: no necesitan presentar testamento
Los herederos de fonavistas fallecidos pueden solicitar la devolución de aportes del Fonavi, incluso sin testamento. Deben cumplir requisitos y presentar documentación en el Banco de la Nación.
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Los herederos de fonavistas fallecidos tienen la posibilidad de solicitar la devolución de los aportes realizados al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), incluso si el titular no dejó testamento. Para ello, deben cumplir con los requisitos y presentar la documentación necesaria en las agencias del Banco de la Nación.
El trámite permite que cónyuges, convivientes, hijos, padres, hermanos u otros familiares cercanos acrediten su vínculo con el titular fallecido y reclamen el beneficio. A continuación, te detallamos todo lo que necesitas saber para realizar el proceso de manera efectiva.
¿Cuáles son los requisitos para que herederos del Fonavi accedan a cobrar en el Banco de la Nación?
Para iniciar el trámite de la devolución de aportes, el heredero del fonavista deberá presentar los siguientes documentos básicos:
- DNI del solicitante (heredero).
- Declaración jurada donde se manifieste la condición de heredero, declarando que no existen otros beneficiarios con igual o mayor prioridad. En caso contrario, deberán incluirse todos los beneficiarios en el mismo documento.
- Partida de defunción certificada del fonavista fallecido, con no más de 30 días de antigüedad.
Además, basándonos en el vínculo con el fonavista fallecido, será necesario presentar documentación adicional:
- Cónyuge o conviviente: copia certificada de la partida de matrimonio o certificado de unión de hecho (SUNARP).
- Hijos: copia certificada de la partida de nacimiento.
- Padres o hermanos: partida de nacimiento del solicitante y del fonavista fallecido.
En caso de que el beneficio económico supere las 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), será obligatorio presentar una sucesión intestada o testamento registrado en Sunarp.
Fonavi 2025: ¿cuánto se demora en validar la documentación para hacer el cobro?
El trámite en el Banco de la Nación puede demorar aproximadamente 65 días calendario, siempre que no existan observaciones ni oposiciones. Una vez presentada la solicitud, la Secretaría Técnica del Fonavi publicará los nombres de los beneficiarios acreditados, lo que da un plazo de 45 días calendario para que otros posibles herederos presenten reclamos o acrediten su derecho.
Es importante resaltar que el trámite es gratuito y no requiere intermediarios. Además, si el heredero es una persona con discapacidad o interdicto, su apoyo o curador deberá realizar el trámite presentando la documentación correspondiente que acredite su designación.
¿Quiénes necesitan presentar testamento para acceder al cobro del Fonavi?
Para hacer el cobro, y no eres cónyuge, hijo(a), padre, madre, ni hermano(a) del Fonavista fallecido(a), corresponde el vínculo “otros”. Deberás presentar una copia legalizada del acta notarial de sucesión intestada (o copia certificada de la resolución judicial y la resolución que la declara consentida) o el testimonio o copia legalizada del testamento, así como, el Certificado literal emitido por la Sunarp donde conste inscrito la sucesión intestada definitiva o el testamento y su ampliación, de ser el caso. No debe tener antigüedad mayor de 10 días hábiles en Lima y 15 días hábiles en provincias.
¿Cómo saber si estoy pendiente de cobrar la devolución del Fonavi en 2025?
Consulta en la página web oficial del Fonavi si aún estás pendiente de hacer el cobro:
- Ingresa a la página oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi: aquí.
- Luego, ingresa tu número de DNI (existen otros documentos por si no tiene el DNI).
- Luego debe ingresar el código captcha.
- Y al finalizar en 'Consultar'.