Produce autoriza el inicio de la segunda temporada de pesca de anchoveta
Actividad iniciará a las 0.00 horas del próximo jueves 26 de octubre. El límite total de captura permisible se ha fijado en 1 millón 682.000 toneladas.
El Ministerio de la Producción (Produce) hoy, 22 de octubre, autorizó el inicio de la segunda temporada de pesca 2023 de la anchoveta y la anchoveta blanca, destinada al consumo humano indirecto.
De acuerdo con el ministerio, esta actividad se llevará a cabo en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’S, a partir de las 00.00 horas del día 26 de octubre de 2023.
El Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte-Centro (LMTCP Norte-Centro) de ambos recursos en la segunda temporada de pesca es de 1 millón 682.000 toneladas. La temporada concluirá cuando se alcance este volumen o en su defecto, cuando el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas, según se especifica en Resolución Ministerial N.º 000358-2023-Produce, publicada hoy en El Peruano.
La norma también especifica que "solo pueden realizar faenas de pesca en el marco de la presente Resolución Ministerial, las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente para el recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca, conforme al Límite Máximo de Captura por Embarcación de la Zona Norte-Centro (LMCE Norte-Centro), cuya lista es publicada mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Ministerio de la Producción".
Pesca de juveniles
Asimismo, se prohíbe la extracción y/o procesamiento de ejemplares de anchoveta y anchoveta blanca con tallas menores a las previstas en las normas vigentes, permitiéndose una tolerancia máxima de 10% expresada en número de ejemplares.
"Cuando se extraigan ejemplares juveniles de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en porcentajes superiores al 10% según la información reportada en la bitácora electrónica u otros medios autorizados, se suspenden las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un período mínimo de tres días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia", subraya el dispositivo legal.
Además, Produce indica que cuando se observe el ejercicio de faenas de pesca en zonas reservadas para la pesca artesanal y de menor escala, la autoridad administrativa adoptará las medidas de supervisión, control y sanción que correspondan.
La norma lleva la firma de la titular del Ministerio de la Producción, Ana María Choquehuanca.