¿Cuándo se deposita la CTS 2023 en Perú y quiénes recibirán este monto?
El pago de la Compensación por Tiempo de Servicio es uno de los beneficios laborales que tiene un trabajador que está registrado en planilla.
- ¿Se podrá retirar la CTS en mayo de 2023?
- ▷ La guía completa para conocer las fechas y monto de tu CTS 2023

¿Qué se sabe del retiro CTS 2023 en mayo? | El quinto mes es uno de los más esperados por los trabajadores, ya que pueden cobrar su Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Este monto tiene que ser un pago obligatorio por parte de las empresas debido a que las pueden multar en caso de no realizar el abono. La sanción puede ir entre los S/544 hasta los S/129.294. Por eso, en esta nota, entérate hasta qué fecha tiene tu empresa para depositarte este beneficio laboral. De igual manera, te contamos cómo calcular tu CTS, qué bancos pagan mejor por tu dinero y más detalles.
¿Cuándo pagan la CTS 2023?
La empresa tiene hasta el 15 de mayo para pagar la CTS a sus trabajadores que les corresponda. Existe otra compensación, pero aún es en noviembre. Este monto se puede retirar dependiendo del trabajador. Esto fue aprobado por el Congreso en la Ley 31171, por tanto, los colaboradores de la compañía pueden disponer del 100% de los depósitos de la CTS.
TE RECOMENDAMOS
QUE NO SE TE OLVIDE con CARLOS CORNEJO | PROGRAMA del 11/06/26 | La República - LR+
¿Cómo calcular la CTS?
A continuación te traemos una CALCULADORA ONLINE de La República para saber cuánto te corresponde aproximadamente de CTS.
¿Quiénes reciben CTS?
En este caso, reciben la Compensación por Tiempo de Servicio todos los trabajadores que se encuentren en planilla y tengan en la empresa más de un mes. Esto, tomando en cuenta el 30 de abril. Principalmente, son los que laboraron entre noviembre y abril; sin embargo, quienes entraron a trabajar después, se les considera un monto inferior dependiendo de la cantidad de meses trabajados.
¿Quiénes no tienen derecho a recibir la CTS?
- Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias.
- Los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público.
- Los trabajadores de la microempresa contratados después de su inscripción de la empresa en el REMYPE.
- Los trabajadores que perciben remuneración anual integral.
- Los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS conjuntamente con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri).






































