Bono Alimentario: aprueban procedimiento de autorización de pago por terceros
El cobro del Bono Alimentario bajo esta modalidad favorecerá a los beneficiarios del subsidio que presenten alguna discapacidad.
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El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó el procedimiento de autorización de cobro por terceros del subsidio monetario individual autorizado mediante el artículo 22 de la Ley n.° 31538, Bono Alimentario, otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65.
De esta manera, mediante la Resolución Ministerial n.° D000184-2022-PENSION65-DE, publicada hoy en el diario El Peruano, se encarga “a la Unidad de Operaciones la notificación de la presente resolución a las Unidades Orgánicas y Unidades Territoriales del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, para conocimiento y fines pertinentes”.
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Así, la autorización de pago por terceros favorecerá a aquellos beneficiarios del Bono Alimentario que “presenten alguna discapacidad y/o deterioro de su capacidad funcional” y puedan recibir el subsidio a través de otras personas.
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El Bono Alimentario es un subsidio que el Midis otorga para apoyar a las familias en situación de vulnerabilidad con la entrega de S/ 270. Tiene como objetivo costear su canasta básica familiar ante el incremento de los precios de los productos.
Recientemente, el ministerio informó que empezaría a pagar se a partir de noviembre y podrá cobrarse hasta el 30 de abril del 2022.





















