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¿Cuándo deben regresar al trabajo presencial los servidores públicos?

Desde el Ejecutivo precisan que la medida se aplicará en aquellos lugares donde las personas vacunadas con tres dosis superen el 80% de la población.

Impedimento. Los servidores públicos no pueden tener mejoras salariales ni incrementos, debido al candado del artículo 6 de la ley de presupuesto público. Foto: difusión
Impedimento. Los servidores públicos no pueden tener mejoras salariales ni incrementos, debido al candado del artículo 6 de la ley de presupuesto público. Foto: difusión

Hace algunos días, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, aseguró que la presencialidad es necesaria para garantizar la buena atención de los ciudadanos, debido a que no siempre la virtualidad ha podido prosperar desde que se inició la pandemia.

“Deben regresar al trabajo presencial porque es necesario atender al público debidamente, lo cual es dificultoso con este trabajo a distancia”, manifestó el titular de la PCM.

¿Cuándo volverán al trabajo presencial?

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM, desde el 1 de mayo comenzó a regir la medida para que los servidores públicos regresen al trabajo presencial , siempre y cuando tengan las tres dosis de la vacuna contra el COVID-19.

Cabe precisar que la normativa tendrá vigencia en aquellos lugares donde las personas vacunadas con tres dosis superen el 80% de la población.

¿Qué pasará con los trabajadores con comorbilidades?

Respecto a los trabajadores, el decreto supremo, manifiesta que aquellos que presenten factores de riesgo continuarán con las labores de manera remota o mixto, de acuerdo a la necesidad del servicio y la evaluación clínica que efectúen los médicos ocupacionales en las entidades públicas.

“En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con la aplicación de las tres dosis de vacunación contra la COVID, deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto”, reza el documento publicado el sábado 23 de abril.