Ley en California firmada por Gavin Newsom prohíbe pedir este documento como requisito de trabajo
El gobernador de California, Gavin Newsom, firmó la ley SB 1100, que prohíbe exigir la licencia de conducir como requisito laboral, salvo en puestos esenciales.

El gobernador de California, Gavin Newsom, firmó una ley que prohíbe a los empleadores exigir la licencia de conducir como requisito para postular a un empleo, salvo que conducir sea una función esencial del cargo. Esta normativa, que entró en vigor en enero de 2025, busca eliminar barreras innecesarias que dificultaban el acceso al mercado laboral para ciertos grupos poblacionales.
La reforma, contenida en el proyecto de ley SB 1100, modifica la Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda (FEHA) y establece que las empresas solo podrán solicitar la licencia si pueden demostrar que no existen alternativas razonables para realizar las tareas del puesto, como el uso de transporte público o servicios de movilidad compartida.
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¿Quiénes se benefician con esta ley firmada en California por Gavin Newsom?
Según la ley SB 1100 y declaraciones oficiales, esta medida beneficia especialmente a grupos que enfrentaban obstáculos por la exigencia de la licencia de conducir. Entre los principales beneficiados se encuentran:
- Personas con discapacidad.
- Inmigrantes sin acceso a vehículo propio.
- Residentes que optan por no conducir por razones personales.
- Trabajadores que desempeñan funciones que no requieren manejo.
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¿Cuáles son los puestos donde está prohibido pedir la licencia de conducir como requisito laboral en California?
De acuerdo con el Departamento de Derechos Civiles de California y la normativa SB 1100, la prohibición de solicitar licencia de conducir como requisito aplica en una amplia variedad de empleos donde conducir no es una función esencial. Algunos de estos puestos incluyen:
- Empleados de tiendas minoristas y supermercados.
- Personal administrativo de oficina.
- Cajeros y vendedores.
- Trabajadores de restaurantes y servicios de comida.
- Auxiliares de almacén sin responsabilidades de transporte.
- Recepcionistas y representantes de servicio al cliente.
- Empleados de centros de llamadas.
- Trabajadores de manufactura o producción.
- Personal de limpieza o mantenimiento sin desplazamientos asignados.
- Cuidadores o trabajadores de servicios personales que no transportan clientes.
- Trabajadores de construcción que no operan vehículos ni maquinaria pesada.
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