
El Ejecutivo autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 por hasta S/9.100.000, destinada a financiar intervenciones priorizadas frente a desastres naturales.
Los recursos provienen del presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y serán asignados a 91 gobiernos locales, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N.º 088-2026-EF.
Transferencia de S/ 9.1 millones del Indeci para financiar 91 intervenciones prioritarias ante desastres naturales en gobiernos locales.
La disposición se enmarca en el Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes), mecanismo creado para financiar proyectos de inversión orientados a la mitigación del riesgo, el fortalecimiento de la capacidad de respuesta, así como las acciones de rehabilitación y reconstrucción frente a fenómenos naturales.
La transferencia responde a una solicitud del Indeci para financiar intervenciones priorizadas por la Comisión Multisectorial del Fondes. En este marco, los recursos permitirán ejecutar 91 intervenciones aprobadas en el Acta N.º 53, precisada mediante el Acta N.º 54, de dicha comisión.
Del total, 45 corresponden a actividades por impacto de daños ocasionados por intensas precipitaciones pluviales y 46 a acciones ante peligro inminente por lluvias intensas, lo que evidencia el enfoque preventivo y de respuesta inmediata frente a estos eventos climáticos.
El financiamiento se realiza con cargo al presupuesto institucional del Indeci, el cual cuenta con recursos asignados en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 destinados a la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción frente a fenómenos naturales o inducidos por la acción humana.
En la estructura presupuestal, los fondos se transfieren desde el Gobierno Central, específicamente desde el pliego del Indeci dentro de la categoría presupuestaria “Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres”, en la actividad “Atención de actividades de emergencia”, bajo el concepto de donaciones y transferencias por S/9.100.000.
Posteriormente, estos recursos son asignados a los gobiernos locales como gasto corriente para bienes y servicios, lo que permite su ejecución inmediata.
El decreto establece que los titulares de los pliegos habilitador y habilitados deben aprobar, mediante resolución, la desagregación programática de los recursos dentro de los cinco días calendario desde la vigencia del dispositivo legal, y remitir copia a los organismos correspondientes del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Asimismo, las oficinas de presupuesto deberán gestionar ante la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones necesarias derivadas de la incorporación de nuevas partidas, finalidades y unidades de medida, e instruir a las unidades ejecutoras para la elaboración de las Notas de Modificación Presupuestaria.
Finalmente, la norma precisa que los recursos transferidos no podrán destinarse a fines distintos de los establecidos, bajo responsabilidad.





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