Economía

Nuevo retiro CTS: Congreso plantea que sea exclusivo para mujeres trabajadoras

La iniciativa coincide con una semana en la que la agenda pública destaca estas problemáticas, en el marco del Día Internacional de la Mujer.

Otro proyecto de ley para el retiro del 100% de la CTS hasta 2026. Foto: composición LR/Andina/Captura de pantalla
Otro proyecto de ley para el retiro del 100% de la CTS hasta 2026. Foto: composición LR/Andina/Captura de pantalla

El Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso (APP) presentó un proyecto de ley con el objetivo de que se autorice, de manera excepcional, el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para aliviar los efectos negativos de la brecha salarial de género y la desigualdad estructural en el ámbito laboral, que limitan la autonomía financiera de las mujeres.

La iniciativa se da en una semana en la que la agenda pública tiene un foco especial en estas problemáticas, en el marco del Día Internacional de la Mujer, que se celebra el 8 de marzo.

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CTS: ¿qué más dice el proyecto de ley?

El Proyecto de Ley N° 10398/2024-CR tiene como autor principal a Luis Alberto Kamiche Morante, y de coautores María Grimaneza Acuña Peralta, Nelcy Lidia Heidinger Ballesteros, Alejandro Soto Reyes, Idelso Maniel García Correa y Elva Edhit Julón Irigoín.

De acuerdo con el documento, la propuesta se fundamenta en el panorama expuesto por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), donde en 2024 Perú se ubicó en el puesto 40 del Índice Global de la Brecha de Género y en el puesto 10 dentro de América Latina y el Caribe, con un 75,59% de cierre de la brecha.

A nivel global, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señaló que las mujeres perciben, en promedio, salarios 20% más bajos que los hombres, una diferencia que se atribuye a la discriminación, tanto directa como indirecta, como la segregación ocupacional. En Perú, esta situación se traduce en una menor presencia femenina en empleos remunerados y en una diferencia salarial del 25%, según el Instituto Peruano de Economía (IPE). En algunas regiones, la brecha alcanza el 36%.

En términos de ingresos, las mujeres en el país ganan, en promedio, S/1.405,1 mensuales, es decir, S/468,4 menos que los hombres, cuyo ingreso asciende a S/1.873,5. Esto significa que, por cada sol que percibe un trabajador masculino, una mujer recibe S/0,75. Además, tienen menor margen de negociación salarial, lo que limita su autonomía financiera.

Contraste

Sin embargo, de acuerdo con el abogado laboralista, Juan Valera, esta propuesta es errónea por los siguientes motivos:

  • Normativa sobre equidad salarial: en el país existen normas que garantizan la equidad salarial entre hombres y mujeres. Si el objetivo es promover la igualdad en la remuneración y la disposición de recursos, la solución no es liberar la CTS, sino reforzar la fiscalización del cumplimiento de la equidad salarial mediante la implementación de políticas salariales efectivas.
  • La CTS como fondo de protección: la CTS es un fondo de respaldo para el trabajador en caso de desvinculación laboral. Solo puede retirarse el excedente de cuatro sueldos, salvo disposiciones extraordinarias. Permitir su uso anticipado podría dejar a las trabajadoras sin un respaldo financiero en la etapa de transición laboral.
  • Inconstitucionalidad: la Constitución prohíbe la discriminación entre iguales. Este proyecto establece una diferencia sin sustento entre hombres y mujeres, lo que lo haría inconstitucional. Además, implícitamente valida la brecha salarial de género en lugar de combatirla con mecanismos existentes.
  • Limitado impacto económico: en un país donde la informalidad laboral supera el 70% y las microempresas representan casi el 80% del tejido empresarial, muchas trabajadoras no cuentan con CTS debido a su régimen laboral o falta de formalización. Por ello, el supuesto impacto positivo en la economía sería mínimo y no generaría el dinamismo esperado.

En suma, para Valera en lugar de promover medidas que comprometen el propósito de la CTS, se deben fortalecer mecanismos de fiscalización y equidad salarial para cerrar la brecha de género en el ámbito laboral.

¿Qué se celebra el 8 de marzo?

El 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer en honor a las luchas históricas de las mujeres por sus derechos, especialmente en el ámbito laboral. La fecha tiene sus raíces en diversos acontecimientos de finales del siglo XIX y principios del XX, cuando trabajadoras de distintos países comenzaron a movilizarse exigiendo mejores condiciones laborales, el derecho al voto y la igualdad de oportunidades.

Uno de los hechos más recordados ocurrió el 8 de marzo de 1908, cuando 129 trabajadoras de una fábrica textil en Nueva York murieron en un incendio tras declararse en huelga para exigir jornadas laborales justas y mejores salarios.

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