
Ha causado revuelo la Opinión del Grupo de Trabajo de la ONU sobre detenciones arbitrarias (GT) en el caso del expresidente Pedro Castillo, siendo enorme el desconocimiento que existe sobre los mecanismos internacionales. Veamos.
En temas de derechos humanos, la ONU cuenta con Comités (mecanismos convencionales que dependen de los tratados) y con Procedimientos Especiales (mecanismos extraconvencionales a los que el GT pertenece). No son tribunales y sus opiniones no son sentencias.
Los Comités actúan si los Estados han firmado el tratado correspondiente y aceptado su competencia. Así, en el 2023 el Comité de la Convención sobre los Derechos del Niño emitió el informe del caso Camila, ya que en 1990 el Perú ratificó ese tratado y en el 2016 aceptó su competencia.
Los Procedimientos Especiales se refieren a expertos independientes, cuya actuación no depende de la aceptación de los Estados. Cuando el GT recibe una comunicación sobre una posible detención arbitraria, se comunica con el Estado respectivo pidiendo sus descargos y luego emite una Opinión. En la respuesta del Perú en el caso Castillo, el Gobierno reconoció que “no presentó una demanda de competencia frente a los hechos del 7 de diciembre del 2022 como debía haberlo hecho” (párr. 69), entre otros temas.
Por tanto, la conclusión del GT sobre la existencia de una detención arbitraria no fue un hecho unilateral, sino que contaba con información estatal. El documento recomienda la liberación de Castillo, dando un plazo de seis meses para que le informen sobre el tema y ofreciendo una visita de trabajo al Perú. Ahora, el Perú podría emitir una respuesta jurídica sólida, incluyendo la aceptación de la visita al país como signo de transparencia y buena fe, ya que el GT no ha excedido sus funciones ni ha atentado contra la soberanía nacional.
Finalmente, recordemos que, aunque el GT no sea un tribunal, eso no significa que la opinión no importe, ya que la validez de un mecanismo internacional no depende de la falta de conocimiento jurídico ni de los intereses políticos subyacentes.

Desde amenazas a parejas gays hasta agresiones sexuales, distintos casos demuestran cómo la violencia se alimenta de concepciones rígidas de masculinidad.

" Con sencillez y claridad, sin gestos grandilocuentes y con la serenidad que se logra cuando se lucha por lo correcto, Navi Pillay nos recuerda que sin derechos humanos no hay paz y, sobre todo, que aún podemos tener esperanza"

"En el reciente caso Ramos Durán, la Corte ordenó al Estado que investigara las circunstancias de la muerte de la señora Ramos y sancionara a los responsables".

Maricarmen, de 87 años, fue desalojada de su hogar en Madrid tras haber vivido allí 71 años. Un fallo del Tribunal Supremo permitió el desalojo al vencer el plazo legal de cesión de alquiler.

La misión del MESECVI de la OEA destaca el aislamiento de Condorcanqui y la falta de acceso regular a servicios judiciales y de salud que agravan la situación de las víctimas.