Europa

Condenan a 12 años a peruano por violencia física y sexual a su esposa en España

Cuando llegaron a España, la tenía localizada por GPS, además de controlarle el dinero y le impedía hacer amistades o salir de casa si no era acompañada por él.

El inculpado obligaba a su mujer, durante las videollamadas, a enseñarle la casa, incluso debajo de las camas. Foto: iStock
El inculpado obligaba a su mujer, durante las videollamadas, a enseñarle la casa, incluso debajo de las camas. Foto: iStock

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha impuesto una condena de 12 años y 9 meses de prisión a un hombre por maltratar y abusar sexualmente en dos ocasiones a su esposa en 2018, en la vivienda donde residían en una localidad de la Comarca de Pamplona, España. Además de la pena de prisión, el condenado tendrá prohibido comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de la víctima durante un periodo de 17 años y 9 meses.

La víctima renunció a la indemnización

Según la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el procesado, un hombre de nacionalidad peruana de 38 años, mantuvo una relación sentimental durante 16 años con la denunciante, con quien se casó en su país de origen en 2015. De esta relación nacieron tres hijas: las dos primeras en Perú en 2009 y 2012, y la menor en España en 2020. La víctima, por su parte, ha renunciado a la indemnización que le pudiera corresponder.

En 2017, el acusado se estableció en Navarra, mientras que su esposa y sus dos hijas, de entonces 8 y 5 años, se unieron a él un año después. Durante ese período, mientras ellas permanecían en Perú, el inculpado obligaba a su esposa, a través de videollamadas, a mostrarle la casa, incluso revisando debajo de las camas, para asegurarse de que no había otras personas, especialmente hombres, en la vivienda.

El condenado no podrá comunicarse ni aproximarse a menos de 300 metros de la víctima. Foto: Freepik/ref.

El condenado no podrá comunicarse ni aproximarse a menos de 300 metros de la víctima. Foto: Freepik/ref.

Hubo violencia física y sexual contra la víctima

Con el mismo propósito, según considera probada la sentencia, el acusado obligaba a su esposa a enviarle fotos de lo que estaba haciendo en cada momento, "e incluso de sus partes íntimas para que el acusado comprobara si había tenido relaciones con terceras personas".

Cuando la mujer y sus hijas llegaron a Navarra, el encausado la insultaba y menospreciaba. Además, la mantenía localizada mediante GPS, le controlaba el dinero y le impedía tener amistades o salir de casa si no era acompañada por él.

Según la resolución judicial, "estas agresiones" también se extendía al ámbito de las relaciones sexuales. Cuando ella se negaba, el condenado se enfadaba y se ponía violento, diciéndole que era su obligación para pagarle por haberla traído a España.

Ante las negativas de la esposa, la sentencia detalla dos violaciones perpetradas por el acusado.

El procesado, de nacionalidad peruana y actualmente de 38 años, mantuvo una relación sentimental durante 16 años con la denunciante. Foto: Freepik

El procesado, de nacionalidad peruana y actualmente de 38 años, mantuvo una relación sentimental durante 16 años con la denunciante. Foto: Freepik

El pedido era de una condena de 23 años

Durante el juicio, del pasado 10 de mayo, el fiscal solicitó un total de 23 años y 10 meses de condena: 10 años por cada uno de los dos delitos de agresión sexual, 3 años por un delito de maltrato habitual y 10 meses por un delito de maltrato no habitual. La acusación particular elevó la solicitud a 24 años de prisión, mientras que la defensa reclamó la absolución.

En la sentencia, la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra estima la atenuante de dilaciones indebidas y la agravante de parentesco. De este modo, impone al procesado 6 años de prisión por cada uno de los dos delitos de agresión sexual, 1 año por el delito de maltrato habitual y 9 meses por el delito de maltrato no habitual.

Para el tribunal, en la vista oral quedó "suficientemente probado" que la víctima "no consintió estas prácticas sexuales, sino que se vio forzada a ellas, en virtud de la fuerza ejercida por su marido y, sobre todo en la segunda, sometida a ella en un contexto de maltrato habitual".

Los magistrados aprecian la atenuante de dilaciones indebidas al considerar que, aunque no existieron paralizaciones de la causa de más de 8 meses, "no es razonable que para instruir y enjuiciar un proceso como este se tarden 5 años".