Economía

Aguinaldo 2022: ¿cuáles son los requisitos para cobrar este dinero extra?

Conoce si podrás cobrar el aguinaldo de Navidad. Trabajadores del sector público recibirán este reconomiento por disposición del Ministerio de Economía y Finanzas.

Monto será destinado a empleados estatales, docentes universitarios, personal de salud, efectivos de las FF. AA., PNP, entre otros.. Foto: Andina
Monto será destinado a empleados estatales, docentes universitarios, personal de salud, efectivos de las FF. AA., PNP, entre otros.. Foto: Andina

Mediante el Decreto Supremo N.º 283-2022-EF, el Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobó el pago de un aguinaldo por Navidad de S/ 300. Este pago adicional está contemplado en la Ley de presupuesto aprobada para el presente año. El monto no estará sujeto a descuentos fuera de los correspondientes por ley.

La transferencia de esta suma de dinero será realizada en la planilla de pagos del mes de diciembre de este año en una sola entidad pública. No obstante, debes tener en cuenta algunos requisitos para disfrutar de esta cantidad.

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¿Qué requisitos debo cumplir para recibir aguinaldo en el sector público?

  • Haber prestado servicios, gozar de descanso vacacional o licencia con goce de remuneraciones al 30 de noviembre de 2022.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses hacia el 30 de noviembre de 2022. Si el trabajador no cumple el tiempo mínimo, el aguinaldo se pagará de manera proporcional a los meses y días laborados.

¿Quiénes recibirán el aguinaldo de Navidad otorgado por el Ejecutivo?

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del DL N.º 276, Ley N.º 29944 y Ley N.º 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N.º 30220.
  • Personal de salud dentro del Decreto Legislativo N.º 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y Policía.
  • Para el magisterio, el aguinaldo se calcula de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29944.
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