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Matrícula 2022: ¿qué cobros no te pueden exigir los colegios privados al solicitar una vacante?

Varios colegios privados ya han habilitado la matrícula 2022. Conoce, en esta nota, qué pagos no te pueden exigirte al momento de inscribir a tu hijo.

Los colegios privados solo están autorizados a realizar 3 cobros a los padres de familia. Foto: El Peruano
Los colegios privados solo están autorizados a realizar 3 cobros a los padres de familia. Foto: El Peruano

Toma nota. Ya se acerca el inicio del año escolar y los padres de familia se encuentran pendientes de la matrícula 2022. Si este año optaste por inscribir a tu hijo o hija en un colegio privado, descubre, en esta nota, cuáles son los pagos que no pueden exigirte y cuáles sí están permitidos, según lo establecido por el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica.

Cabe resaltar que el Ministerio de Educación ha anunciado que el retorno a las aulas será, como todos los años, en marzo, aunque aún está en debate el inicio de la presencialidad debido a la aparición de ómicron, la nueva variante del coronavirus.

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¿Cuáles son los cobros que los colegios privados no puede exigir a las familias?

Los colegios privados deben garantizar un servicio educativo transparente y con igualdad de oportunidades para todas las familias. Por ello, el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica establece que no pueden:

  • Exigir pagos adicionales a cuota de ingreso, cuota de matrícula y pensiones de enseñanza, establecidas como ingresos directos del colegio privado.
  • Cobrar por concepto de matrícula un importe mayor al monto de una pensión mensual de enseñanza.
  • Exigir el abono de una o más pensiones adelantadas, salvo que dichos pagos sustituyan a la cuota de ingreso.
  • Incumplir con las obligaciones de la devolución de la cuota de ingreso establecidas en el reglamento.
Matrícula 2022

Los colegios particulares solo están autorizados para realizar tres cobros. Foto: Minedu

¿Cuáles son los cobros que los colegios privados sí puede exigir a las familias?

De acuerdo al reglamento ya mencionado, los colegios particulares solo están autorizados para realizar tres cobros a las familias. A continuación, te presentamos cada uno de ellos:

  • La pensión de enseñanza: es el pago que se realiza de forma mensual durante el año escolar por los servicios educativos prestados.
  • La cuota de matrícula: es el pago que se realiza con la finalidad de asegurar la inscripción del estudiante durante el año escolar.
  • La cuota de ingreso: es un cobro que se realiza una sola vez, cuando un estudiante consigue una vacante dentro de una institución educativa.

¿Qué pasa si no pago alguna cuota de pensión durante el año?

Si por cualquier motivo un padre de familia se retrasa en pagar la cuota mensual del colegio privado, este puede retener los certificados correspondientes a períodos no pagados. Sin embargo, el colegio no puede, por ningún motivo, condicionar la evaluación de los alumnos ni la atención a los reclamos que hagan al pago de las pensiones. Tampoco puede usar medidas intimidatorias que atenten contra el desarrollo de las actividades educativas o la integridad de los alumnos.

¿Qué debo tener en cuenta al momento de elegir un colegio privado?

Para escoger el mejor colegio para tus hijos debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Averigua si el colegio cuenta con las autorizaciones de funcionamiento pertinentes. Consulta en esta plataforma.
  • Al realizar la búsqueda del colegio y al no encontrarlo en los registros del Ministerio de Educación, no dudes en reportarlo en Reporta un colegio no autorizado.
  • Infórmate sobre tus deberes y derechos, así como el reglamento interno y su propuesta pedagógica.
  • El monto de las pensiones, fechas de pago y posibles aumentos.
Matricula 2022

Busqueda de colegios. Foto: captura

¿Es legal que los colegios privados incrementen el pago en las matrículas escolares?

Cada institución educativa privada tiene la opción de elevar las pensiones de acuerdo a la oferta y demanda del mercado, siempre y cuando lo comunique a los padres y madres de familia al finalizar el año escolar y antes de iniciar el siguiente proceso de matrícula.

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