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Créditos no pueden ser condicionados por la edad: Indecopi sancionó a cooperativa con S/44.000 por esta práctica

Indecopi advierte que la evaluación del riesgo crediticio debe basarse en criterios objetivos y que las condiciones personales, como la edad, no son razones justificadas para restringir el acceso a servicios financieros.

Créditos no pueden ser condicionados por la edad: Indecopi sancionó a cooperativa con S/44.000 por esta práctica
La Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna fue multada con 44,000 soles por limitar su "Crédito Multioficios" a personas mayores de 20 años sin sustento válido. | Foto! Andina

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó en segunda y última instancia administrativa a dos entidades del sistema financiero por aplicar restricciones de edad en la oferta de sus productos crediticios. Las medidas fueron adoptadas tras verificarse que dichas condiciones no contaban con una justificación objetiva y razonable, lo que generó un trato desigual hacia ciertos consumidores.

Los casos involucran a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna y a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco, cuyas disposiciones limitaban el acceso a créditos según rangos etarios. Según lo determinado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, estas prácticas contravienen lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor al excluir potenciales usuarios sin sustento válido.

Restricciones de edad en créditos fueron sancionadas por falta de sustento

En el primer caso, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna fue multada con 8 UIT, equivalente a 44.000, debido a que su producto denominado 'Crédito Multioficios' solo estaba disponible para personas desde los 20 años. La entidad no logró demostrar razones objetivas que justificaran esta limitación, lo que implicaba una exclusión injustificada de personas menores de dicha edad.

Por su parte, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco recibió una sanción de 5 UIT, es decir, 27.500 soles, por establecer que su 'Crédito Personal' estaba dirigido únicamente a personas entre 18 y 63 años. Esta condición dejaba fuera a adultos mayores sin una base razonable, lo que desincentivaba su acceso al producto al percibir que no cumplían con los requisitos establecidos.

Indecopi advierte sobre prácticas discriminatorias en el sistema financiero

Indecopi recordó que las entidades financieras pueden evaluar el riesgo crediticio de los solicitantes, pero esta evaluación debe sustentarse en criterios objetivos, como la capacidad de pago. En ese sentido, señaló que condiciones personales como la edad no constituyen, por sí solas, un argumento válido para restringir el acceso a servicios financieros.

Asimismo, la entidad precisó que establecer límites etarios sin una justificación adecuada puede configurar una práctica discriminatoria contra los consumidores. Las resoluciones emitidas en ambos casos son de carácter público y corresponden a la última instancia administrativa, por lo que sientan un precedente sobre la aplicación de criterios equitativos en la oferta de productos crediticios.

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