
Aunque Rafael López Aliaga postula formalmente como regidor, su campaña dice todo lo contrario. El líder de Renovación Popular asiste a los debates, protagoniza los paneles publicitarios por toda Lima y se promociona como la figura central del proceso municipal. Sin embargo, al haberse registrado como candidato a primer regidor y no para la alcaldía, queda completamente libre de rendir cuentas sobre sus gastos individuales ante la ONPE y, por ende, exonerado de la fiscalización financiera que sí se le exige a los candidatos a alcaldes.
Esto es posible porque a mediados del 2024, el Parlamento modificó el artículo 34.5 de la Ley de Organizaciones Políticas a través de la Ley N° 32058. Con esta reforma, los postulantes a regidores no tienen la obligación de presentar sus informes de ingresos y egresos.
Anteriormente, la normativa electoral obligaba a todas las candidaturas sin distinción a transparentar sus cuentas. "Las organizaciones políticas y los candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda, presentan en dos (2) entregas obligatorias, la información financiera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral (…)”.
Ahora, tras la modificación aprobada por el Parlamento, la ley flexibilizó los controles e introdujo una singularidad para los aspirantes a regidores y consejeros.
“(…) realizando la primera entrega respecto de las elecciones primarias. Están exentos de dicha obligación los candidatos a consejero regional y regidores municipales”, se lee en la Ley de Organizaciones Políticas.
Para entender la magnitud financiera que hay detrás de estas campañas, el experto en marketing político Cristopher Añanca explicó para La República que mantener una estrategia efectiva implica montos elevados que varían según el nivel de los requerimientos del equipo.
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“Cuando es un equipo low cost, estamos hablando de entre 10.000 y entre 20.000 a 30.000 mensuales. Pero cuando se requiere un equipo más sofisticado, el costo asciende a entre 50.000 y 100.000 soles mensuales, dependiendo de los requerimientos de la campaña, tales como investigación, estrategia política, organización de comunidades y gestión de comunicación digital y en medios”.
A esto se suma el despliegue de publicidad exterior en las principales vías de la ciudad —un elemento muy visible en las calles de Lima—, cuyos precios varían dependiendo del formato estático o digital.
“El costo en Lima y en otras regiones gira en torno a los 5.000 y hasta los 35.000 o 50.000 soles. Las vallas publicitarias de banner estático tienen un costo muy distinto al de las vallas publicitarias digitales, las cuales cambian por segundo y varían de precio. Para ser más exactos, el rango general se ubica entre los 10.000 y los 55.000 soles”.
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A esto se suma que el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro decidió archivar el proceso sancionador abierto contra la propaganda de López Aliaga. Aunque los fiscalizadores detectaron paneles y pintas en Breña que promocionaban su imagen como "Alcalde de Lima" pese a postular solo a regidor, el colegiado determinó que no se podía sancionar esta publicidad.
En su resolución, el JEE explicó que la ley exige que cualquier infracción esté previamente tipificada de manera expresa, y que la norma actual solo castiga la alteración o destrucción de propaganda ya permitida, más no la interpretación del contenido de los mensajes.
“(…) las infracciones en materia de propaganda electoral únicamente pueden ser sancionadas cuando hayan sido previamente tipificadas de manera expresa, clara e inequívoca». Por ello, el documento añadió que “no resulta suficiente cuestionar el contenido con el que aquella fue colocada o difundida inicialmente”.
Para evaluar este escenario y el manejo financiero de la campaña, Kevin Advíncula, abogado y experto en derecho electoral señaló para La República que su inscripción formal como regidor no exime al político de su responsabilidad ante la ciudadanía, sobre todo cuando asume el rol principal de la campaña y se muestra como candidato a la alcaldía de Lima.
“No es si la ley lo obliga, sino que en este caso Rafael López Aliaga actúa y se presenta ante la ciudadanía como un virtual candidato a la alcaldía primero participando en el debate municipal, apareciendo como rostro visible de su campaña, en paneles publicitarios, en historiografías por toda la ciudad entonces existe una razón, en este caso de transparencia democrática, para que informe voluntariamente el financiamiento de su candidatura si sea la ley”.
A esto, Advíncula añade que el político arrastra antecedentes y cuestionamientos previos que hacen aún más necesaria su rendición de cuentas. “(…) ya acumula una sanción firme y también hay otra observación de trámite. Por ejemplo, el manejo de los fondos públicos, el caso del libro que ha publicado Pancho Piérola. Entonces, debe informar voluntariamente sobre el financiamiento de su candidatura porque él está actuando como candidato a alcalde, no puede excusarse indicando que está postulando como regidor para efectos de evadir una exigencia legal”.
Al ser consultado sobre si este cambio en la normativa facilita que los verdaderos rostros de las campañas pasen sin rendir cuentas, el abogado advirtió que el problema se replica en todo el país.
“Ese es un mal precedente que se ha generado a partir de las normas que el Congreso cambia de manera muy cotidiana (…) a medida que tengan algún interés, cambian las reglas de juego. Entonces, eso hace que no solamente Rafael López Aliaga esté en este caso (…) transgrediendo las normas democráticas, sino también a nivel nacional hay cientos de candidatos que están en la misma situación. Precisamente amparados en este caso porque la norma no nos obliga a no dar ni cuentas”.
Ante el riesgo de que figuras con alta intención de voto desplieguen campañas masivas sin fiscalización ni sanciones individuales, el experto apunta directamente a la inacción de las autoridades electorales.
“(…) es absolutamente grave, que al final los órganos electorales, tanto ONPE como el JNE deberían tomar cartas en el asunto. El problema está en que el organismo electoral, cuando tuvo la oportunidad de pronunciarse no lo ha hecho, porque desde un inicio ha tenido que zanjar el tema de la participación encubierta no solamente de Rafael López Aliaga, sino de otros cientos de candidatos a nivel nacional”.
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Para el abogado especialista en derecho electoral Roy Mendoza, el problema central de esta estrategia no es solo la simulación política en las calles, sino el vacío técnico que deja a los organismos de control sin herramientas de fiscalización.
Al analizar el impacto de estas reconfiguraciones de listas, el especialista explica quela forma en cómo están establecidas las normas ha generado un problema que protege a los postulantes.
“Con relación a los vacíos de la legislación en cuanto al financiamiento, al no contemplar expresamente que los candidatos a regidores no tienen obligación, representa un vacío legal (únicamente en materia de financiamiento), el cual impide que la ONPE realice su labor de fiscalización y eventual sanción”, sostuvo para La República.
Además, Mendoza apunta contra la inacción del Jurado Nacional de Elecciones, advirtiendo que el verdadero daño de esta situación recae sobre los electores y la transparencia del proceso.
“El impacto es en lo electoral, respecto del derecho al voto informado de los ciudadanos. Mal hace el JNE en postergar la definición de un asunto tan importante, siendo que cuenta con las herramientas legales para ello. En este rubro no existe vacío pues corresponde realizar una interpretación conforme el marco constitucional actual”.






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