
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de mayo ya puede ser depositada por los empleadores, quienes tienen como plazo máximo el viernes 15 de este mes para cumplir con el pago. Este beneficio actúa como un respaldo económico frente al cese laboral y suele representar alrededor de medio sueldo, aunque el monto varía según la empresa y el tiempo de servicio del trabajador. También es posible estimar el importe mediante este simulador.
En cuanto a la normativa vigente, la Ley de CTS, establecida en el Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, permite de forma excepcional el retiro del 100% de los fondos acumulados. Habitualmente, estos montos permanecen intangibles mientras el trabajador está en actividad.
La ley vigente autoriza, por única vez, el retiro total de la CTS acumulada hasta el 31 de diciembre de 2026. Esto significa que los trabajadores pueden disponer libremente del dinero depositado en sus cuentas CTS en las entidades financieras durante todo este periodo.
El texto legal lo establece claramente: “Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores (…) a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, señala la norma vigente. Esto incluye tanto los fondos ya acumulados como los que se depositen durante el 2026.
El retiro libre total será temporal. A partir del 2027, las cuentas CTS dejarán de tener acceso completo y volverán a contar con un 'candado parcial' , lo que limitará el dinero que se podrá retirar.
La ley ya promulgada precisa el nuevo escenario: “El trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS e intereses acumulados siempre que no exceda del 50% de los mismos”. Es decir, desde ese momento solo se permitirá retirar la mitad de los fondos, manteniéndose la naturaleza de seguro de desempleo de este beneficio.
El primer depósito del 2026 debe realizarse como máximo el viernes 15 de mayo, mientras que el segundo depósito se efectuará el 15 de noviembre. Estos pagos corresponden a los trabajadores formales del sector privado que se encuentran en planilla o media planilla.
La CTS equivale, en términos generales, a medio sueldo, aunque puede ser menor dependiendo de los días no trabajados, el tamaño de la empresa y el régimen laboral. Tras el depósito, algunos trabajadores podrían esperar hasta dos días hábiles para disponer del dinero.
El pago de noviembre será el último que podrá retirarse al 100%, lo que convierte al 2026 en el penúltimo año con acceso total a este beneficio según la Ley N.º 32322.





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