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Economía

Comisiones bancarias, la estrategia que usan los bancos para nunca perder

¿Te han cobrado comisión por membresía, por envío de información adicional, por emitir constancias, modificar contratos, entre otros, sin informarte? Según la SBS, existen alrededor de 130 comisiones.

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No existe un número exacto de comisiones en el sistema bancario peruano. Según el informe de la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), realizado en el 2015, existe un promedio de 60 comisiones bancarias; mientras que el proyecto de Ley 102/2016-CR, especifica que son casi 200 comisiones en el mercado bancario; sin embargo, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) indica que tenemos un promedio de 130 comisiones (LINK AQUÍ), aunque no es confirmado, su tabla no es exacta, solo es referencial.

Según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), entre el 2011 y el 2017, se presentaron una gran cantidad de denuncias por el cobro indebido de comisiones bancarias, entre las que resalta el cobro por membresía, la comisión que tiene la mayor cantidad de denuncias entre usuarios y la que más críticas ha recibido debido a la débil justificación de su cobro y al uso abusivo con la que los bancos la promueven. Todo esto pasa mientras la SBS ignora las denuncias y los proyectos de ley que buscan disminuir el poder de las comisiones.

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La Ley del Sistema Financiero (Ley 26702), en el artículo 9°, dice expresamente: “Las empresas del sistema financiero pueden señalar libremente las tasas de interés, comisiones y gastos para sus operaciones activas y pasivas”. Es pocas palabras, los bancos tienen la libertad de crear y cobrar comisiones.

Las comisiones bancarias están definidas en la Resolución SBS Nº 3274-2017 como el cobro adicional que los bancos realizan para personalizar el producto que contratamos con ellos. Es decir, si las tasas de interés son el cobro general que se les aplica a todos los usuarios por un producto bancario, las comisiones buscan crear un paquete personal basado en beneficios. El problema está en que no siempre las autorizamos, y -peor aún- no siempre son justificadas.

Veamos; el cobro por membresía, según la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), se justifica por dos motivos: el primero corresponde al pago que se le hace a los operadores (Visa, Mastercard, Diners Club y American Express) y el segundo por los beneficios adicionales (acumulación de millas, ingreso a zonas vip, etc.) que nos brinda cada tipo de tarjeta de crédito.

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Sin embargo, el Código de Protección al Consumidor establece que las comisiones deben cobrarse por “un servicio efectivamente prestado”, previa información y autorización, por supuesto. Asimismo, se detalla que las comisiones son cobros “adicionales” a los gastos inherentes del producto, entiéndase que las tasas de interés corresponden al cobro de los gastos inherentes del producto. Bajo el criterio legal, el cobro por membresía debería ser cobrado de forma separada a la tarjeta de crédito, tanto en su emisión como en su reposición, pues ofrecen “beneficios adicionales”. Lo que en realidad no sucede: la membresía se cobra inherente a la tarjeta de crédito.

Recién, en medio de la pandemia, la SBS decidió emitir una normativa que obliga a todos los bancos del sistema financiero a tener una tarjeta que no contenga inherente el cobro por membresía. Ahora, la cuestión estará en qué tanto informarán a la población de su existencia.

Pero no es la única, de la misma manera podríamos explicar el caso del cobro por operaciones interplaza (fuera del lugar de contratación del producto). Según Asbanc, dicho cobro se sustenta en los gastos que realizan los bancos para mantener disponibles los cajeros en todas las localidades que tienen presencia. Es decir, los bancos nos quieren hacer creer que trasladan el dinero en camiones con fin el de mantener un cajero lleno de dinero. ¿Justificado? Por ahora solo el BCP y BVVA han eliminado este cobro.

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El cobro por comisión de envío de información adicional es, claramente, un cobro injustificado, sobre todo porque la información en la actualidad debe darse de manera electrónica, cero costos. ¿Bajo qué criterio se podría fundamentar el envío adicional de información solicitada por el cliente? Teniendo en cuenta que la mayoría de casos los pedidos son para aclarar los puntos contractuales del producto contratado. Responsabilidad del banco.

La comisión por conteo de billetes ya fue eliminada desde hace dos años, sin embargo, la SBS todavía la incluye dentro de la tabla referencial en su página web. Es decir, alguno de los bancos todavía cobra o la SBS se olvidó de actualizar la información. Lo cierto es que el cobro de dicha comisión es injusta e ilegal por donde se le mire.

Sumado a las mencionadas, en el cuadro de la SBS todavía se encuentran comisiones por uso de cajero automático, por operación en ventanilla, por cambiar la fecha de pago de tu tarjeta de crédito, por emitir constancias que acredite que es cliente de un banco, por descontar automáticamente el adelanto de sueldo, por modificar un contrato de crédito hipotecario, por conteo de billetes, entre otros.

El papel de la SBS

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es el organismo creado para regular el sistema financiero. Hasta ahora ha prohibido 21 comisiones de un número no calculado (LINK AQUÍ). Allí destacan los cobro leoninos que nos requerían los bancos como mantenimiento de cuentas inactivas, envío electrónico de estados de cuenta y desembolso de un crédito, entre otros. Pero para que suceda esto, han tenido que pasar muchos años.

Con la emisión del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, la SBS se ha limitado a regular el mercado bajo el criterio de exigir mayor transparencia en la información de los contratos. Así nace la aplicación de la TCEA (la Tasa de Costo Efectiva Anual). Amparada en el artículo 82 del Código de Protección al Consumidor, la TCEA se presenta como el caballito de batalla de la SBS ante los bancos.

A pesar de su obligatoriedad, la información de la TCEA no se cumple como debería ser. ¿Por qué? Pues, al parecer, el personal del banco está capacitado para realizar la firma de contrato lo más rápido posible. En esos momentos se olvidan (por imposición o política de la empresa) de informar muchos puntos del contrato. Si no les preguntas, ellos no se sienten obligados a informar de manera detallada. La omisión es la práctica más utilizada por los bancos.

Como vemos, la SBS no tiene mapeado el proceso evolutivo de las comisiones en el mercado financiero. En un mercado tan concentrado, y con reglas que empiezan con la Constitución Política de 1993 y la ley del sistema financiero (Ley 26702), los usuarios tienen todas las de perder.

La República se comunicó con la SBS, pero representantes de la oficina de prensa señalaron que el vocero de la institución no estará disponibles en los próximos días para conversar sobre el tema.

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Proyectos de ley

En los últimos diez años, han habido proyectos de ley que intentaron bajarse el cobro de comisiones bancarias, como el proyecto de ley 988-2011-CR y proyecto de ley 102/2016-CR. Ambos proponían la eliminación total de comisiones. Los proyectos fueron negados por las principales instituciones vinculantes al sistema financiero y el congreso las vetó para siempre.

También se presentó el proyecto de ley 1838/2012-CR directamente contra el cobro de membresía. Luego de su aprobación en dos comisiones, el proyecto se envió al archivo. “La SBS estuvo en contra del proyecto”, sostuvo Jaime Delgado, promotor de la iniciativa.

Años más tarde, en el 2016, el congresista de Fuerza Popular, Juan Carlos Gonzales, presentó el proyecto de ley 159/2016-CR, la propuesta fue aprobada pero con texto sustitutorio, el cual establecía una mayor transparencia de información, pero no tocaron el cobro de dicha comisión. Es decir, no pasó nada.

Estos proyectos de ley siempre cuentan con opiniones de las instituciones como el MEF, Asbanc, SBS, Aspec, entre otros. En los proyectos mencionados, salvo ASPEC, todas se opusieron a una reforma radical del cobro de comisiones. Siempre apelaron a indicar que la SBS realiza un trabajo adecuado de regulación y que debe acentuarse una mayor exigencia en la información brindada al usuario.

¿Información?

Si un usuario a pie intenta buscar información sobre las comisiones que cobran los bancos tiene dos vías: o bien se sumerge en la página web, donde difícilmente podrá entender la complejidad del tecnicismo de los bancos, o podría llamar e ir a las oficinas personalmente, el problema está en que si bien te podrían explicar claramente, también existe la posibilidad de que suelten este tipo de información engañosa: “todos los bancos por ley cobran membresía”.

La ley establece que se pueden cobrar comisiones, pero no dice expresamente que el cobro por membresía sea un cobro obligatorio. Por algo, la mayoría de los bancos están comenzando a aplicar políticas de exoneración de membresía bajo el criterio de consumo continúo, aunque en la práctica los bancos, si no te das cuenta, se olvidan de lo que prometen. Ellos nunca pierden.

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