¿El presunto agresor de McDonald's puede evitar una condena por tener bipolaridad? Esto dice un abogado penalista
La Fiscalía investiga a Augusto Nava por presuntos delitos de discriminación y amenazas en un McDonald's. Imágenes del incidente han generado amplio rechazo en redes sociales.

El diagnóstico de trastorno bipolar no exime automáticamente de responsabilidad penal a una persona acusada de cometer un delito. Así lo explicó el abogado penalista José Arturo Matos al analizar el caso de Augusto Nava, investigado por un presunto ataque homofóbico contra dos clientes en un restaurante McDonald's de Miraflores, en Lima.
"Tener bipolaridad no te hace inimputable", sostuvo el especialista, quien precisó que para determinar si una persona puede ser considerada penalmente irresponsable debe evaluarse si su condición mental afectó sus capacidades al momento de los hechos.
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La familia del investigado difundió información médica que señala que este tendría un diagnóstico de trastorno bipolar desde 2013 y que se encuentra bajo seguimiento psiquiátrico. Sin embargo, para Matos, la sola existencia de un diagnóstico no determina que el acusado esté exento de una eventual sanción.
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"Solamente hay enfermedades que te hacen inimputable (...) siempre y cuando alteren la capacidad de discernimiento de una persona", explicó el abogado. En ese sentido, señaló que corresponde evaluar cada caso de acuerdo con sus circunstancias y las pruebas disponibles.
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¿Qué delitos podrían configurarse por el ataque homofóbico en McDonald's?
La Fiscalía Penal Supraprovincial Corporativa Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo inició una investigación preliminar contra Augusto Nava por el presunto delito de discriminación en agravio de Reinaldo Rivas y Cristhian Palomino.
Los hechos ocurrieron el 12 de octubre de 2026 y quedaron registrados en videos difundidos en redes sociales. En las imágenes se escucha al hombre lanzar expresiones homofóbicas contra ambos clientes y proferir amenazas de muerte.
Para Matos, una de las figuras penales que debe analizarse es el delito de discriminación e incitación a la discriminación, contemplado en el artículo 323 del Código Penal. Esta disposición sanciona, bajo los supuestos establecidos por la ley, las conductas discriminatorias motivadas, entre otros factores, por la orientación sexual.
El abogado señaló que, de acreditarse este delito en su modalidad básica, la sanción puede comprender una pena privativa de libertad de dos a tres años o la prestación de servicios comunitarios, según lo previsto en la legislación penal. La pena concreta dependerá de la calificación jurídica de los hechos y de las circunstancias que se acrediten durante el proceso.
No obstante, las amenazas de muerte registradas en los videos también deberán ser evaluadas por las autoridades para determinar si configuran otra infracción penal. La existencia de varios posibles delitos y sus consecuencias jurídicas dependerá de los resultados de la investigación.
Matos consideró que una eventual sanción no necesariamente implicaría el ingreso a prisión. Sin embargo, la consecuencia penal no puede establecerse de antemano: dependerá de los delitos que se acrediten, las circunstancias del caso y las decisiones de las autoridades judiciales.
Fiscalía recopilará videos y tomará declaraciones
El Ministerio Público dispuso diligencias urgentes para esclarecer lo ocurrido en el establecimiento de comida rápida. Entre las medidas se encuentran la recopilación de grabaciones de las cámaras de seguridad, la toma de declaraciones de los dos ciudadanos agraviados y de testigos presenciales, así como la realización de pericias psicológicas y constataciones digitales vinculadas con las publicaciones difundidas en internet.
Las diligencias se desarrollan con participación de la Policía Nacional del Perú y bajo la conducción jurídica de la Fiscalía. El objetivo es reunir elementos de cargo y descargo antes de determinar las responsabilidades que correspondan.
El caso se encuentra en investigación preliminar, por lo que la responsabilidad penal del investigado todavía debe ser determinada por las autoridades competentes.
¿McDonald's tiene responsabilidad legal por lo ocurrido?
Consultado sobre una posible responsabilidad del establecimiento por el incidente, Matos sostuvo que la empresa no tiene, por el solo hecho de ser el lugar donde ocurrió la agresión, una obligación general de denunciar este tipo de hechos. No obstante, precisó que debe distinguirse entre el deber de denunciar y la obligación de colaborar con las autoridades.
En este caso, Arcos Dorados, operador de McDonald's, informó que condenaba la conducta registrada en el video y que mantenía una política de cero tolerancia frente a la discriminación. La compañía también señaló que su personal contactó a las autoridades y brindó asistencia a los clientes afectados.
La empresa aseguró, además, que colaborará con las investigaciones que resulten pertinentes. El suministro de grabaciones y otros elementos relevantes puede contribuir al esclarecimiento de los hechos.
Víctimas podrían solicitar una reparación civil
Matos también indicó que las personas agraviadas pueden solicitar una reparación civil si se desarrolla un proceso judicial y se cumplen los requisitos legales para reclamar una indemnización por los daños sufridos.
"Pueden ellos pedir una indemnización de ser el caso", señaló el abogado, quien mencionó las posibles afectaciones al honor, la dignidad y la reputación de las víctimas.
La procedencia y el monto de una eventual reparación deberán evaluarse de acuerdo con los daños acreditados y las reglas aplicables al proceso.
El caso ha generado rechazo en redes sociales y reavivado el debate sobre la discriminación por orientación sexual en espacios públicos y comerciales. Mientras la Fiscalía continúa con las diligencias, corresponderá a las autoridades establecer las responsabilidades penales a partir de las pruebas reunidas.








































