Rutas de Lima acusa a la Municipalidad de Lima de evitar la construcción de una vía alterna en el peaje de Chillón
Rutas de Lima ha presentado una denuncia contra la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) por bloquear la construcción de una vía alternativa al peaje de Puente Piedra, a pesar de la resolución del Tribunal Constitucional (TC) que ordena la suspensión de los cobros en la Panamericana Norte.
La empresa Rutas de Lima, encargada de la administración de los peajes en Chillón, presentó una denuncia contra la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) por impedir la construcción de una vía alternativa al peaje de Puente Piedra. Esta disputa surge a pesar de una resolución emitida por el Tribunal Constitucional (TC), que ordena la suspensión de la tarifa en la Panamericana Norte. El fallo fue resultado de los hábeas corpus interpuestos por la Municipalidad de Puente Piedra y Ramón Lucianeti Pairazamán León, quienes defendieron los derechos de los ciudadanos afectados por el cobro del peaje. Esta situación ha generado controversia, ya que la suspensión de la tarifa está destinada a aliviar la carga para los conductores que utilizan esta importante vía.
En lo que refiere a la compañía concesionaria de peajes, el auto aclaratorio del Tribunal Constitucional emitido el 31 de mayo señala que la MML "se encuentra en la ineludible obligación de no dilatar ni ralentizar la construcción" de la vía alterna e indicó que "la suspensión del cobro de peaje se aplica hasta que la MML cumpla con dicha obligación".
Rutas de Lima acusa a la MML de obstruir la construcción de una vía alterna en Puente Piedra. Foto: Andina
TC suspendió tarifa en Panamericana Norte
El TC determinó la suspensión del cobro de peaje en la Panamericana Norte hasta que "se adopten las medidas para que cese la transgresión del derecho fundamental a la libertad de tránsito; o hasta que la justicia penal emita los procedimientos judiciales correspondientes, con calidad de firmes, que determinen si el contrato de concesión y sus adendas celebradas por la MML y Rutas de Lima SAC tuvieron un origen ilícito, o no".
"No resulta viable que en el tramo correspondiente a la Panamericana Norte, ubicado en Puente Piedra, se cobre la tarifa del peaje, pues (....) esto vulnera el derecho fundamental al libre tránsito", de acuerdo al fallo.
El TC determinó que la suspensión del cobro en la Panamericana Norte se mantenga hasta que se cumpla con la construcción de la vía alterna. Foto: Andina
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Rutas de Lima busca levantar suspensión de tarifa determinada por TC
Rutas de Lima señaló que, a pesar de que está en desacuerdo con la sentencia del TC, ha intentado coordinar con la MML para llevar a cabo las acciones determinadas por el TC para levantar la suspensión de la tarifa.
"Rutas de Lima compartió estudios técnicos que validan la viabilidad técnica de una nueva ruta alterna identificada por la propia MML, respecto de la cual, incluso, el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) emitió una opinión favorable", agregó.
Además, indicó que la MML es responsable de la construcción de la vía alterna, pero "no toma acción y no ejecuta lo necesario para revertir la situación". En ese sentido, aseguró que la empresa concesionaria no puede recuperar los recursos que hacen viable la concesión.
"Esta conducta se suma a una larga lista de incumplimientos legales y contractuales y de acciones de hostigamiento lideradas por la MML, y por el alcalde López Aliaga contra Rutas de Lima. Esto se da en abierta violación al Estado de Derecho, a la estabilidad jurídica y a la protección de la inversión privada", manifestó.
También, aseguró que si la MML continúa incumpliendo la sentencia, la reducción de ingresos de la concesión "causarán que la empresa se vuelva financieramente inviable".
¿Qué dice el auto del TC sobre el peaje Chillón?
El Tribunal Constitucional determinó que tanto Rutas de Lima como la Municipalidad Metropolitana de Lima son responsables de la violación al derecho fundamental al libre tránsito ocasionada por la implementación del contrato de concesión.
En el caso de Rutas de Lima, la sentencia señala que debe garantizar el traslado de los residentes de Puente Piedra entre ambos márgenes de la vía concesionada sin necesidad de atravesar el peaje, acción que corresponde exclusivamente a su ámbito de responsabilidad. Por otro lado, la comuna limeña tiene la obligación de construir y mantener vías alternas que permitan la libre elección de tránsito para la población general.
Además, el TC subraya que la suspensión del cobro del peaje en el peaje Chillón debe mantenerse hasta que ambas entidades cumplan con sus respectivas obligaciones. Esto incluye el cese de las limitaciones al libre tránsito y el establecimiento de medidas efectivas para garantizar el pleno ejercicio de este derecho fundamental. La aclaración solicitada por ambas partes fue declarada improcedente, reiterando la necesidad de coordinar acciones concretas y oportunas para resolver el conflicto.