Si tengo hijos con diferentes parejas, ¿cuánto de pensión de alimentos le corresponde a cada uno?
Entérate cuáles son las variaciones que pueden tener de acuerdo a la cantidad de hijos. Especialista aclara sobre los criterios con los que se establecen los montos para las pensiones alimenticias.
La pensión de alimentos es el aporte económico que reciben los hijos, hijas o adolescentes por parte de la madre o padre tras la separación o divorcio de los progenitores. Según el Artículo 472 del Código Civil peruano, este monto se extiende para los pagos de vivienda, vestido, educación, alimentación, salud y recreación. Asimismo, también incluye los gastos del embarazo de la madre, desde la concepción hasta el periodo de postparto.
A continuación, te contamos cuál es la cifra máxima que se puede solicitar para el pago de la pensión de alimentos en el Perú y qué factores se consideran al momento de hacer el cálculo.
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
Para poder calcular el monto que corresponde a la pensión de alimentos se toman en cuenta ciertos criterios, como las necesidades que tienen los niños, niñas y adolescentes y el monto de ingresos de la persona obligada a pasar la pensión. Además, el monto máximo que se puede cargar por pensiones alimenticias en total es el 60% del ingreso del demandado o demandada, según nos comenta Edith Aiquipa Limay, abogada de familia del Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, en diálogo con La República.
“Por un lado, se coteja cuánto es lo que requiere un niño, en este caso, la pensión alimentos, que incluye alimentos, vestidos, educación salud, recreación, vivienda (...) todas las necesidades del niño se plasman por un lado. Por otro lado, se investiga cuánto es el monto de los ingresos totales, lo que quiere decir como trabajador dependiente, independiente, bienes, entre otras cosas, de la persona obligada a prestar alimentos”.
Foto: Archivo.
De igual forma, también se incluyen otros filtros, como las características propias de la familia y el sector social al que puedan pertenecer.
“A veces es inequívoco decir que un sueldo mínimo es lo que debería pasarse como pensión de alimentos para todas las familias, porque los casos van cambiando de acuerdo al sector social”, indica abogada especializada en familia.
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¿Si tengo hijos con diferentes parejas es el mismo montó de pensión de alimentos?
En esa línea, la especialista recalca que todos los hijos e hijas tienen los mismos derechos ante la ley, sean matrimoniales o extramatrimoniales. Además, si bien el monto máximo es del 60% de los ingresos, la jurisprudencia fija normalmente que se entregue la suma de entre 25% y 30% a un solo niño. No obstante, cuando existen más hijos, el cálculo cambia.
“Un mismo padre puede estar demandado por dos o tres hijos que haya tenido con parejas diferentes; entonces, no es que cada hijo va a embargar 60%, sino que cada uno de los hijos sumados en su totalidad pueden embargar máximo el 60%”, indica.
De esta forma, una demandante, al momento de solicitar el pago de la pensión de alimentos, debe tener en cuenta si el otro progenitor tiene otros menores, sino es el caso, podría solicitar hasta el máximo porcentaje.
“Este 60% se va manejando de acuerdo a la cantidad de hijos o personas que dependen del alimentista. Si es solamente un hijo, normalmente no llega ni siquiera al 60%, sino al 20% o 30%; sin embargo, si tiene cinco, seis o más hijos, a veces el monto es mucho menor. Supongamos que tiene ocho hijos, entre ocho es menos del 10%”, indica.
Es así que el cálculo de la pensión también varía de acuerdo a la cantidad de hijos a la que se deba brindar el aporte económico.
“Cuanta más cantidad de hijos tenga la persona obligada a prestar alimentos, es mucho menor el monto de la atención, por más que las necesidades del niño sean grandes”, señala Aiquipa Limay.
¿Qué hago si no se cumple con el pago de pensión alimentos?
Tras la separación, lo ideal es que la pareja llegue a un acuerdo por medio de la conciliación extrajudicial y fije el monto de la pensión que se le va a dar a los hijos. Sin embargo, si no se logra llegar a un consenso, el representante del niño puede empezar un juicio por alimentos.
“Si no hay un acuerdo por conciliación extrajudicial o si no hay forma de llegar a un consenso porque la otra parte se niega, entre otras razones, entonces la única alternativa es interponer un juicio por alimentos”, afirma la especialista.
“En ese juicio es donde quien representante al niño, niña o adolescente, que mayormente es la madre, va tener que demostrar al juzgado cuánto es lo que necesita su hijo, y también tiene que dar información sobre dónde queda el lugar de trabajo del demandado para que se pueda oficiar y solicitar información sobre esos ingresos. Después de este juicio de alimentos, se fija una pensión, que puede ser una suma fija o un porcentaje”, continúa.
Asimismo, si la persona no cumple con lo acordado con el juez, la madre o padre demandante puede iniciar un proceso penal por omisión a la asistencia familiar, delito con una pena de hasta tres años.
“Si luego de haber llegado a una conciliación extrajudicial o haber establecido una pensión de alimentos por juicio, el demandado no cumple, se tiene que iniciar un juicio ejecutivo que se conecta directamente con el juicio penal, que es el delito de omisión a la asistencia familiar. Esto ya no es un juicio civil, sino un proceso con pena de cárcel por el incumplimiento de la pensión de alimentos”, finaliza la abogada especialista Aiquipa.
¿Cómo puedo presentar una demanda de alimentos vía web?
Sigue los siguientes pasos para poder ingresar al aplicativo web para poder presentar denuncias en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
- Debes entrar a la página web del Poder Judicial
- Hacer click en “Nueva demanda”
- Seleccionar el tipo de demanda a presentar
- Debes llenar la información que se solicita sobre el menor o adulto que requiere la pensión
- Luego de estar validada la demanda se te proporcionará un Número Único de Caso (NUC) y tendrás la posibilidad de descargar el resumen de la demanda en formato PDF
El o la demandante no necesitará contar con un abogado para presentar el pedido judicial de una pensión de alimentos. Foto: Captura Poder Judicial.