Pensión de alimentos: ¿quiénes pueden hacerse cargo si el padre de mi hijo no puede aportar?
¿Es posible que un familiar del padre de mi hijo pueda asumir la pensión de alimentos? Un especialista resuelve esta y otras dudas.
La pensión alimenticia es un deber económico que tiene una madre o padre con sus hijos e hijas cada mes, luego de que se haya presentado un divorcio o separación de la pareja. Con esto, se busca garantizar el bienestar de las y los descendientes, más allá del estado de la relación que puedan tener los progenitores. Sin embargo, ¿qué sucede en caso de que uno de ellos no pueda cumplir con esta responsabilidad? ¿Quién la asumiría? A continuación, resolvemos esta duda.
Ten en cuenta que “alimentos” abarca lo indispensable para el sustento de las y los hijos. Esto, incluye la casa, asistencia médica, ropa, educación, recreación, comida, etc.
¿Qué pasa si el padre no tiene trabajo o los recursos económicos para pagar la pensión de alimentos?
En caso la madre o el padre se encuentre desempleado o no pueda solventar la pensión alimenticia, Lorena Meza, abogada especialista en familia, explica que es importante examinar si la parte obligada cuenta con aptitud física y mental para poder ejercer cualquier actividad laboral.
De encontrarse bien de salud, no se puede hablar de exoneración, por lo que se debe cumplir sí o sí con el pago de la mensualidad. El monto debe establecerse en función a la capacidad económica con la que cuenta el padre en ese momento e ir aumentando gradualmente a medida que los ingresos se incrementen.
Foto: Andina
“La única razón por la que se podría determinar una exoneración de la pensión alimenticia se da cuando la parte obligada pone en peligro su propia subsistencia al momento de otorgar la pensión. Tendríamos como ejemplo una persona con alguna enfermedad crónica que le impida trabajar o quizás una persona de edad muy avanzada”, aclara Meza.
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¿Quiénes asumen la pensión de alimentos si el padre no puede pagar?
Según la especialista, si los obligados principales (los padres) se encuentran incapacitados para poder cumplir con la pensión alimenticia de sus hijos e hijas, se puede solicitar a los parientes de las y los menores que asuman esta responsabilidad en proporción a sus posibilidades, solicitándola desde el familiar más cercano al más remoto, en ese orden.
Esto significa que, ante este caso excepcional, las y los hermanos mayores de edad son los principales responsables de realizar el pago de esta mensualidad. Si ellos no disponen de las posibilidades, abuelos o abuelas deberán asumir con el aporte económico. De no ser posible, los parientes colaterales hasta el tercer grado (tíos) están obligados a prestar la pensión de alimentos.
La pensión mínima de alimentos en el caso de que el menor no tenga ninguna dificultad o enfermedad es de 20%. Foto: Ministerio de Justicia
De darse el caso de que existan dos o más obligados a dar alimentos, en el mismo orden de prelación se dividirá el pago de la pensión, según sus posibilidades.
¿Hasta qué edad los hijos deben recibir una pensión de alimentos?
Según lo establecido en el artículo 424 del Código Civil, el pago de la pensión alimentaria cesará cuando el menor cumpla los 18 años de edad. Pero, en caso el hijo o hija decida seguir con éxito el estudio de una profesión u oficio, el padre o madre tendrá que aportar hasta que cumpla los 28 años. Lo mismo aplica cuando las y los hijos (solteros) no se encuentren en aptitud de atender su subsistencia por causas de incapacidad física o mental.
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¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
El monto de la pensión varía de acuerdo a las características del menor, las circunstancias (enfermedad) y número de hijos e hijas de la persona demandada. Normalmente, los jueces proponen de 20 a 30% del ingreso total del padre.
¿Qué pasa si los familiares no quieren o no pueden asumir la pensión de alimentos?
En caso los familiares no estén en la capacidad de acudir con una pensión alimenticia a favor del menor de edad, la ley establece que se podrá solicitar la pensión alimenticia a otros responsable del menor de edad.
¿Hay excepciones?
Sí. El artículo 398 del Código Civil precisa que los padres no podrán iniciar un proceso de alimentos si es que no han reconocido a sus hijos.
¿Qué hago si no se cumple con el pago de pensión alimentos?
Tras la separación, lo ideal es que la pareja llegue a un acuerdo por medio de la conciliación extrajudicial y fije el monto de la pensión que se le va a dar a los hijos. Sin embargo, si no se logra llegar a un consenso, el representante del niño puede empezar un juicio por alimentos.
La pensión de alimentos incluye los pagos de vivienda, vestido, educación, alimentación, salud y recreación. Foto: Andina
Canales de ayuda
Si deseas iniciar un proceso judicial, recuerda que el trámite para interponer una demanda de alimentos es gratis y no necesitar contar con la firma de un abogado. Para obtener más información y asesoría legal acude a las oficinas de la Defensoría del Pueblo o llama a la línea gratuita 0800-15-170.
¿Qué hacer si el padre o la madre se niega a pagar la pensión?
En caso el padre o la madre se resista a pagar la pensión de alimentos, se puede recurrir a las siguientes tres vías:
- La conciliación.
- La conciliación extrajudicial, en caso el progenitor demandado no cumpla con el acuerdo que se dio producto de la conciliación.
- El proceso judicial.
La pensión de alimentos durante el estado de emergencia en el Perú. (Foto: Composición LR/Galvez & Monteagudo)
¿Cómo se solicita una demanda de alimentos?
El sitio oficial de la Defensoría del Pueblo indica que, el trámite se lo tiene que solicitar mediante una demanda dirigida al Juzgado de Paz Letrado del lugar donde vive el progenitor que demanda o es demandado. Para realizarlo, deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Copia del DNI de la persona que solicita alimentos.
- Partida de nacimiento del niño o adolescente.
- Nombre completo del padre o madre demandado, su dirección de domicilio o de su lugar de trabajo.
- Constancia de estudios del hijo o hija.
- Boletas o recibos de pago sobre gastos ocasionados por la crianza del hijo o hija (salud, vestido, alimentación, educación, recreo).
Revisa cómo realizar una demanda por alimentos. Foto: composición LR
¿Qué hacer si el padre o la madre se niega a pagar la pensión?
En caso el padre o la madre se resista a pagar la pensión de alimentos, se puede recurrir a las siguientes tres vías:
- La conciliación.
- La conciliación extrajudicial, en caso el progenitor demandado no cumpla con el acuerdo que se dio producto de la conciliación.
- El proceso judicial.
¿Cómo puedo presentar una demanda de alimentos vía web?
Sigue los siguientes pasos para poder ingresar al aplicativo web para poder presentar denuncias en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
- Debes entrar a la página web del Poder Judicial
- Hacer click en “Nueva demanda”
- Seleccionar el tipo de demanda a presentar
- Debes llenar la información que se solicita sobre el menor o adulto que requiere la pensión
- Luego de estar validada la demanda se te proporcionará un Número Único de Caso (NUC) y tendrás la posibilidad de descargar el resumen de la demanda en formato PDF
Recuerda que para hacerle seguimiento a tu demanda, tienes que ingresar nuevamente al sitio web, elegir la opción “Consulta” y colocar los últimos cuatro dígitos del NUC.
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¿Si tengo hijos con diferentes parejas es el mismo montó de pensión de alimentos?
En esa línea, la especialista recalca que todos los hijos e hijas tienen los mismos derechos ante la ley, sean matrimoniales o extramatrimoniales. Además, si bien el monto máximo es del 60% de los ingresos, la jurisprudencia fija normalmente que se entregue la suma de entre 25% y 30% a un solo niño. No obstante, cuando existen más hijos, el cálculo cambia.
¿Quiénes asumen la pensión de alimentos si el padre de mi hijo no puede aportar?
¿Puede aumentar o disminuir la pensión?
El monto de la pensión de alimentos puede variar de acuerdo a los gastos que el menor afronta a medida que crece. Por esta razón, el valor que se paga por un hijo puede aumentar con el paso de los años.
Sin embargo, esta también puede llegar a disminuir, en caso como la perdida de un trabajo o el presentar una enfermedad grave del designado a entregar la manutención.
En caso de que se presente alguno de estos, se deberá presentar el debido proceso de cambio ante un juez, caso contrario, no se hará efectivo el cambio sin una emisión de sentencia.
¿Cómo hacer que la pensión de alimentos no sea un grave problema?
En diálogo con Andina, el abogado de familia Ernesto Martínez explicó que hay dos vías para demandar una pensión de alimentos: la conciliación y el Poder Judicial.
“Se procede a la conciliación cuando creo que mi pareja puede pagar un monto, vamos a un centro de conciliación y definimos el monto. Cuando esta vía no se abre, puedo acudir al Poder Judicial en calidad demandante y será un juez quien fije el monto de acuerdo con las necesidades de los menores y las posibilidades del demandado”, sostuvo el experto.
Foto: Venero
Según Martínez, si las parejas optan por la conciliación, la ley no obliga a contar con un abogado para llevar adelante el proceso. En este caso lo que prima es la libre voluntad de las partes, quienes pueden llegar a un “acuerdo mistura”: yo pago la luz, el teléfono y te voy a entregar una suma dinero o, de lo contrario, entrego un entregar un porcentaje de mi sueldo. Ofrece una amplitud de posibilidades.
En cambio, en la vía judicial el juez determina la pensión. Para establecerla, toma en consideración las necesidades de los niños, sus edades, su estado de salud, entre otros factores.
¿Qué pasa con la pensión alimenticia si los padres no están casados?
Las obligaciones de los padres con sus hijos no tienen nada que ver con su estado civil. La pensión alimenticia se puede solicitar exactamente en las mismas condiciones si los padres están casados, o no.
Revisa qué sucede con la pensión alimenticia si los padres no están casados. Foto: pixabay
¿Qué es la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos es el deber que tiene una persona de brindar subsistencia a otra, en este caso hablaremos del padre o la madre hacia los hijos. La pensión puede darse mediante una conciliación extrajudicial, donde ambas partes llegan a un acuerdo, o a través de un proceso judicial de alimentos. Hay que tener en cuenta que los montos van de acuerdo con la posibilidad económica del demandado o demandada.
¿Los padres pueden pedir pensión de alimentos a los hijos?
“Pasión por el derecho” mencionó que los progenitores sí pueden pedir una pensión a sus hijos mayores de edad, bajo el artículo 474 del Código Civil. Esta se puede solicitar siempre y cuando el padre o la madre acrediten su incapacidad física o mental, lo que produce un estado de necesidad.
Excepción
Existe una excepción a este caso. El artículo 398 del Código Civil precisa que los padres no podrán iniciar un proceso de alimentos si es que no han reconocido a sus hijos.
¿En qué casos se exonera la pensión de alimentos?
Según la abogada Lucerito Luján, hay dos situaciones concretas para pedir la exoneración de alimentos:
- Cuando el alimentista cumple 18 años y no está cursando estudios superiores. En este contexto, el obligado puede solicitar la extinción de los alimentos.
- Cuando el alimentista tiene más de 28 años de edad, cuando esté terminando sus estudios universitarios, una especialización o maestría, los cuales tendrían que haber sido apoyados por el padre o madre, según sus posibilidades.
¿Cuánto es la pensión mínima de alimentos?
La pensión mínima del alimentos es del 20%. Esto, en caso de que el menor no tenga ninguna enfermedad o dificultad. No obstante, el porcentaje es mayor para aquellos menores que sufren de desnutrición.
Vale destacar que un hijo tiene el derecho de recibir una pensión de alimentos hasta los 18 años de edad. Además, si padece de algún tipo de enfermedad o está cursando estudios en una universidad o instituto, el plazo del pago se podría prolongar hasta los 28 años.
Adolescentes pueden recurrir a comportamientos de riesgo para bajar de peso. Foto: difusión