Sociedad

Discusiones en torno a la libertad de expresión

El viernes 11, La República propició dos conversatorios donde se discutieron los límites de esta garantía constitucional.

El medio de comunicación participó en dos conversatorios donde expuso los límites de la libertad de expresión. Foto: La República
El medio de comunicación participó en dos conversatorios donde expuso los límites de la libertad de expresión. Foto: La República

El icónico caso de censura al programa La paisana Jacinta y la resolución del Consejo de Prensa Peruano (CPP) ante el caso Yanira Dávila vs La República fueron los ejes de dos conversatorios virtuales ofrecidos por este medio el pasado viernes 11 de diciembre, a través de las redes de RTV.

Históricamente, la libertad de expresión ha sido la garantía constitucional que le ha permitido a los medios de comunicación hacerle frente a las coacciones y presiones de distintos grupos con intereses contrarios a la democracia.

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Sin embargo, con el tiempo han surgido debates sobre sus límites. La libertad de expresión, como fin, no siempre justifica los medios. La República escogió dos casos para explicar el dilema.

No a la discriminación

El 14 de octubre, la Sala Superior Civil de Cusco confirmó la sentencia que evita la reproducción del programa La paisana Jacinta. El argumento: el show vulneraba el derecho a la dignidad, a la igualdad y a la no discriminación de las mujeres andinas.

Cecilia Paniura, una de las mujeres que interpuso la demanda, manifestó al inicio del conversatorio que Jorge Benavides, creador del personaje ficticio, “nos estaba haciendo ver mal a las mujeres campesinas: sucias, brutas, de mal aspecto, a nivel nacional y mundial”.

Alegó también que, producto del show de Frecuencia Latina, las mujeres campesinas y sus hijos reciben burlas de clase. “El hijo de la Paisana Jacinta qué va a saber, qué se sabrá expresar el hijo de una campesina”. Paniura narra que de ese calibre son los insultos que sus hijos han tenido que soportar en los colegios e instituciones donde van a estudiar.

En ese sentido, Juan Carlos Ruiz, el abogado del Instituto de Defensa Legal que lleva el caso, manifestó que el personaje y el programa de televisión impedían el reconocimiento social de las mujeres andinas. El argumento fuerza del caso es que promueve el racismo. En esa línea, Betzabé Marciani, abogada y profesora principal de la PUCP, lo considera el punto más importante y que debería reforzar la defensa de la demanda.

Aunque Marciani se solidarizó moralmente con la señora Paniura y las demás demandantes, considera que la sola censura al programa de televisión termina ocultando problemas estructurales.

“¿No deberíamos orientarnos a otros cambios?”, plantó Marciani, al aludir a que el racismo es un problema que debería ser tratado a través de políticas públicas. De su exposición se esgrime que una vez realizada la sentencia, se detiene la lucha por desterrar la discriminación de los medios. Por eso, dice ella, el derecho debe usarse como promotor, más que como vía de censura. “Moralmente me parece incorrecto el programa pero no lo censuraría”, finaliza la abogada.

Banalidad vs libertad

El 7 de agosto, Yanira Dávila, conductora de Aprendo en casa, interpuso una demanda a La República ante el Comité de Ética del CPP. Una nota web de este medio hizo eco de una publicación de Dávila en Twitter, por la cual fue víctima de cyberbullying.

Celia Rubina, vicepresidenta del Comité de Ética del CPP, argumentó que “la reproducción no es cuestionable porque no supone invasión a la privacidad. Sin embargo, sí es cuestionable para la ética periodística la forma en que la nota fue elaborada”.

Otro punto de la resolución son los perjuicios ocasionados por la publicación. El abogado experto en temas de libertad de expresión, Roberto Pereira, advierte que los criterios del CPP deberían afinarse o pueden ser mal precedente.

Señala que “la estructura del caso es que una persona pública que opina vía un medio de difusión masivo críticamente sobre un tema de interés público”. En este punto, Pereira cuestiona de qué otra manera se pudo elaborar esta nota, tal que no afecte a la persona: “No me queda claro que alguien que pertenece a un ámbito, no puede opinar sobre uno distinto”, dice respecto al punto donde el CPP señala que la opinión de Dávila no era relevante por estar ligada al mundo deportivo.

Por otro lado, Pereira sostiene que “el medio no hace una opinión, no tergiversa, reproduce tal cual. Su problema es no haber previsto que esta persona podría ser agredida por sus opiniones”. Por su lado, Rubina comenta que “se le reprocha al medio no haber previsto los insultos, porque estos ya existían, el medio lo sabía”, argumentó Rubina.

Opiniones

Cecilia Paniura, demandante

“Queremos que respeten la dignidad de las mujeres campesinas, nosotras no somos como el señor Jorge Benavides nos hace ver. Gracias a él, a nuestros hijos les hacen bullying en sus instituciones”.

Juan Carlos Ruiz, abogado de IDL

“Fuentes autorizadas han reconocido que hay racismo (en La paisana Jacinta). El Mincul le ha negado la calificación como espectáculo cultural y Naciones Unidas confirma que promueve el racismo”.

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