Alejandro Toledo: ordenan que médico legista evalúe a exmandatario en un plazo de 48 horas
Decisión judicial. La jueza Zaida Pérez declaró fundado el pedido de la defensa del expresidente para evaluar su salud. No aceptan que se excluyan testimoniales.
La defensa legal del expresidente Alejandro Toledo pidió que sea evaluado por un médico legista y el Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional declaró fundada dicha solicitud. El exmandatario debe ser sometido a un análisis médico en un plazo de 48 horas y el informe correspondiente debe remitirse al tribunal.
El abogado de Toledo Manrique, Roberto Su, informó al colegiado que el procesado por el caso Interoceánica Sur tendría otras enfermedades que complicarían mucho más su condición de encarcelado.
“Comunico de forma oficial que han aparecido nuevos malestares como la diabetes, que es una enfermedad gravísima si se toma en cuenta la comorbilidad. Esto ha desencadenado otros problemas como problemas cardiacos”, expuso la defensa del exlíder del partido Perú Posible.
Testimoniales
Por otra parte, el abogado del expresidente hizo uso de la palabra para solicitar, además de la evaluación médica para el exmandatario, que se excluyan las pruebas testimoniales de los accionistas de Conirsa S.A. y de José Alejandro Graña Miró Quesada.
“Esta defensa no pudo revisar la información que dio a conocer una de las defensas y definitivamente se está perdiendo el principio de inmediación”, reclamó Roberto Su.
Desde Barbadillo. Jueces sesionaron en el referido penal. Foto: difusión
Sin embargo, el colegiado declaró improcedente dicho recurso para excluir pruebas y testigos, además de llamar la atención de la defensa por abusar del derecho.
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“No está permitido el uso indebido de estos recursos ya que se estaría tratando de dilatar innecesariamente la verificación del presente juicio oral”, resolvió la directora de debate, la jueza Zaida Pérez.
Asimismo, el juzgado también resolvió que las audiencias seguirían siendo de modalidad mixta, ya que no vulneraría el principio de inmediación, tal y como expuso la defensa del expresidente.
“Recordamos que el mismo Tribunal Constitucional sentenció que el trabajo virtual no vulnera dicho principio”, precisó la jueza Pérez.